Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 29/10/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de septiembre de 2003, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento al centro privado Virgen del Carmen de Córdoba.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don José Manosalvas Eslava, en su calidad de Director General y en representación de la Congregación "PP. Carmelitas Descalzos de Andalucía", entidad titular del centro docente privado "Virgen del Carmen", con domicilio en C/ Alonso el Sabio, núm. de Córdoba, en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento del mencionado centro en 3 unidades de Educación Infantil (2.? ciclo).

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Córdoba.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial.

Resultando que el centro con código 14002777, tiene autorización definitiva de 6 unidades de Educación Infantil de segundo ciclo para 150 puestos escolares por Orden de 4 de marzo de 1996 (BOJA de 18 de abril).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad del Centro la ostenta la Congregación "PP. Carmelitas Descalzos de Andalucía".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de Régimen General no universitarias (BOE de 26 de junio), modificado por el Real Decreto 835/2002, de 2 de agosto (BOE de

3 de agosto); el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo (BOE de 25 de junio); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la remodelación y ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 3 unidades de Educación Infantil (2.? ciclo) al centro docente privado "Virgen del Carmen", quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: Virgen del Carmen. Código de Centro: 14002777.

Domicilio: C/ Alonso el Sabio, núm. 14.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: PP. Carmelitas Descalzos de Andalucía.

Composición resultante: 9 unidades de segundo ciclo de Educación Infantil para 195 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE de 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE de 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Córdoba la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de septiembre de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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