Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 22 de octubre de 2003, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hacen públicos los listados de admitidos y excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad protésica y odontológica para el personal al servicio de la Junta de Andalucía.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vistas las solicitudes presentadas por el referido personal, relativas a la modalidad "Protésica y Odontológica", correspondientes a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de 18 de abril de

2001 (BOJA núm. 53 de 10 de mayo), mediante el Reglamento de las citadas Ayudas, tienen lugar los siguientes

HECHOS

Primero. Que el artículo 3.2 en relación con el artículo 1 de la mencionada Oden establece que la modalidad de ayuda "Protésica y Odontológica" tendrá el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.

Segundo. Que en la sección 1.ª del Capítulo II de la repetida Orden se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de ayuda "Protésica y Odontológica".

Tercero. Que todas las solicitudes presentadas y aprobadas, y que mediante esta Resolución se publican, reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.

Cuarto. Que en el caso de las solicitudes presentadas y excluidas, y que asimismo mediante esta Resolución se publican, no quedan acreditados los requisitos fijados reglamentariamente.

A tales Hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. El artículo 11.6 de la Orden de 18 de mayo de 2001 de la Consejería de Justicia y Administración Pública mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social establece que la competencia para gestionar y resolver las solicitudes de la ayuda "Médica, Protésica y Odontológica presentadas por el personal destinado en los servicios periféricos, la tienen delegada los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública.

II. El artículo 3.2 del citado Reglamento establece el carácter de actividad continua a lo largo de cada ejercicio para esta modalidad de ayuda.

III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la misma Orden, reguladora del procedimiento de resolución y adjudicación de estas ayudas, la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 7 de abril de 2003 fija las cantidades de tales ayudas para el ejercicio 2003.

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Publicar los listados del personal admitido y excluido, de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2003, en la modalidad de "Protésica y Odontológica", con indicación de las causas de exclusión así como las cantidades concedidas en su caso, que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de la Consejería de Justicia y Administración Pública de Sevilla.

Las solicitudes a que se refiere esta Resolución son las correspondientes a personal de servicios periféricos en la provincia de Sevilla, y que han tenido entrada con toda la documentación desde el 1 de junio hasta el 31 de julio de 2003.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, el personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la

publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo

46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral en el plazo de un mes conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley

30/1992 y 69 y siguientes de Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 22 de octubre de 2003.- La Delegada, Beatriz Sainz- Pardo Prieto-Castro.

Descargar PDF