Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando Resolución, formulada en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación de la Resolución formulada en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándoles que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el expediente, en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los Decretos

6/2000, de 28 de abril, de reestructuración de Consejerías, y

179/2000, de 23 de mayo, por

el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente, y en la Orden de 16 de julio de

1997 (BOJA núm. 93, de 12 de agosto) por la que se delegan competencias en materia de Recursos Ordinarios interpuestos contra Resoluciones recaídas en Procedimientos Sancionadores, Recurso de Alzada ante la Ilma. Viceconsejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación. Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerse efectivo en período voluntario a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa.

La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el Recurso de Alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior.

En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:

Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día

5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Huelva o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 046.

Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.

- Expediente núm.: HU/2003/179/G.C./CAZ.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Vicente Girón Labrado. Bda. Juan Carlos I, 1.ª Fase, 1-13. San Juan del Puerto, Huelva.

Hechos denunciados: El 31 de diciembre de 2003, en la finca San Benito, sita en el término municipal de Trigueros, practicar el ejercicio de la caza en coto privado de caza sin autorización, valiéndose para ello de cuatro perros galgos, dando muerte a dos liebres, tras lo cual, y ante la presencia de los agentes, se dieron a la fuga.

Infracción: Arts. 46.1.f) y 48.2.8 del Reglamento de Caza.

Tipificación: Arts. 46.1.f) y 48.2.8 del Reglamento de Caza.

Sanción propuesta: Una multa de 321,54 euros por las

infracciones observadas.

- Expediente: HU/2003/204/G.C./ENP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Enrique Mora Gómez. C/ Cabezo,. Corrales-Aljaraque, Huelva.

Hechos denunciados: El día 12 de enero de 2003, en el Paraje Natural Marismas del Odiel, zona de la Cascajera, término municipal de Huelva, realizar la actividad de recogida de cebo vivo (lombriz) en el interior del paraje natural, careciendo de la correspondiente autorización, habiendo recogido hasta el momento 1 kilo de lombriz aproximadamente.

Infracción: Arts. 38.2, 38.9, 38.10, 38.13 de la Ley/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Tipificación: Art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Sanción propuesta: Una multa de 3.005,06 euros por las

infracciones observadas (art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres).

- Expediente: HU/2003/271/AG.MA./EP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Francisco Mora Gómez. C/ Triana, 5. Aljaraque, Huelva.

Hechos denunciados: El día 11 de febrero de 2003, en el Paraje Natural Marismas del Odiel, sito en el término municipal de Huelva, capturar cebos en época de veda sin la correspondiente autorización.

Infracción: Art. 38.13 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Tipificación: Art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Sanción propuesta: Una multa de 1.203 euros por la infracción menos grave observada (art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres).

- Expediente: HU/2003/202/G.C./ENP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Francisco Mora Gómez. C/ Cabezo, 2. Corrales-Aljaraque, Huelva.

Hechos denunciados: El día 12 de enero de 2003, en el Paraje Natural Marismas del Odiel, zona de la Cascajera, término municipal de Huelva, realizar la actividad de recogida de cebo vivo (lombriz) en el interior del Paraje Natural Marismas del Odiel careciendo de autorización, habiendo recogido hasta el momento un kilo de lombriz aproximadamente.

Infracción: Arts. 38.2, 38.9, 38.10 y 38.13 de la Ley/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Tipificación: Art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres.

Sanción propuesta: Una multa de 3.005,06 euros por las

infracciones observadas (art. 39.1 de la Ley 4/89, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestres).

- Expediente: HU/2003/182/G.C./ENP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Justo Reyes Cañamero, C/ Mar Negro, 18. Isla Mayor, Sevilla.

Hechos denunciados: El día 3 de enero de 2003, en el Paraje Natural Marismas del Odiel, término municipal de Huelva, realizar una actividad de pesca en el interior del Paraje Natural careciendo de la correspondiente autorización de Medio Ambiente. Pescar sin licencia. Pescar anguilas con tallas inferiores a las reglamentadas.

Infracción: Arts. 112.1 y 111.11 del Reglamento de Pesca Fluvial.

Tipificación: Arts. 112.1 y 111.11 del Reglamento de Pesca Fluvial.

Sanción propuesta: Una multa de 460 euros por las infracciones observadas.

- Expediente: HU/2003/183/G.C./ENP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Antonio Jesús Cañamero Galbarro. C/ Poblado Alfonso XIII. Isla Mayor, Sevilla.

Hechos denunciados: El día 3 de enero de 2003, en el Paraje Natural Marismas del Odiel, término municipal de Huelva, realizar una actividad de pesca en el interior del Paraje Natural careciendo de la correspondiente autorización de Medio Ambiente. Pescar sin licencia. Pescar anguilas con tallas inferiores a las reglamentadas.

Infracción: Arts. 112.1 y 111.11 del Reglamento de Pesca Fluvial.

Tipificación: Arts. 112.1 y 111.11 del Reglamento de Pesca Fluvial.

Sanción propuesta: Una multa de 460 euros por las infracciones observadas.

Huelva, 27 de octubre de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.

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