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En cumplimiento de lo establecido en los artículos 7.4 y
10.4 del Decreto 207/2002, de 23 de julio, por el que se aprueban medidas extraordinarias para el saneamiento financiero de los municipios de Andalucía con población comprendida entre
1.500 y 10.000 habitantes (BOJA número, de 27 de julio de
2002), esta Dirección General de Relaciones Financieras con otras Administraciones
RESUELVE
1.º Hacer público que mediante Resolución de la Excma. Sra. Consejera de Economía y Hacienda de 16 de diciembre de 2002 se concedieron y denegaron las ayudas previstas en el Decreto
207/2002, de 23 de julio, por el que se aprueban medidas extraordinarias para el saneamiento financiero de los municipios de Andalucía con población comprendida entre 1.500 y
10.000 habitantes (BOJA número 88, de 27 de julio de 2002).
2.º El contenido íntegro de dicha Resolución, con indicación de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en la calle Juan Antonio Vizarrón, s/n, edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, y en el de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.º El plazo para recurrir se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de enero de 2003.- El Director General, José Tanco Martín-Criado.
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