Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 18/11/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?3 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 308/2002. (PD. 4207/2003).

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NIG: 2905441C20023000307.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 308/2002. Negociado: IS. De: Testigos Cristianos de Jehová.

Procurador: Sr. del Moral Chaneta, Ernesto.

Contra: D/ña. Eurobell S.A. Inmobiliaria, María Tirado Gómez, Antonio Muñoz Cruz, Santiago Escalona Márquez y María Milagros Ruiz Canales.

Procurador/a: Sr/a. Pérez Berenguer Juan José, Pérez Berenguer Juan José, Pérez Berenguer Juan José y Pérez Berenguer Juan José.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 308/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Fuengirola a instancia de Testigos, Cristianos de Jehová contra Eurobell S.A. Inmobiliaria, María Tirado Gómez, Antonio Muñoz Cruz, Santiago Escalona Márquez y María Milagros Ruiz Canales sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña Rosa Fernández Labella.

Lugar: Fuengirola.

Fecha: Nueve de septiembre de dos mil tres.

Parte demandante: Testigos Cristianos de Jehova. Abogado:

Procurador: Del Moral Chaneta, Ernesto.

Parte demandada: Eurobell S.A. Inmobiliaria, María Tirado Gómez, Antonio Muñoz Cruz, Santiago Escalona Márquez y María Milagros Ruiz Canales.

Abogado:

Procurador: Pérez Berenguer Juan José, Pérez Berenguer Juan José, Pérez Berenguer Juan José y Pérez Berenguer Juan José.

Objeto del juicio:

FALLO

Que debo estimar y estimo las acciones ejercitadas por la entidad Religiosa Testigos Cristianos de Jehová contra la entidad Eurobell S.A. Inmobiliaria, doña María Tirado Gómez, don Antonio Muñoz Cruz, don Santiago Escalona Márquez y doña Milagros Ruiz Canales, declarando que la actora es dueña de la finca registral 13232 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Fuengirola por adquisición a la entidad Eurobell S.A. Inmobiliaria, a la que se condena a otorgar escritura pública de su compraventa a favor de la actora y de rectificación del título de propiedad otorgado a favor del Sr. Escalona y Sra. Ruiz Canales, ordenando la rectificación del Registro de la Propiedad para su adecuación a lo que resulte de los nuevos títulos, así como que la actora es dueña de la finca registral

13234, del Registro de la Propiedad núm. 1 de Fuengirola, por haberlo adquirido de la Sra. Tirado Gómez, a quien se condena a otorgar escritura pública de compraventa. Todo ello sin imposición de costas, excepto de las que correspondan respecto a la entidad Eurobell S.A. Inmobiliaria a cuyo pago queda expresamente condenada.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelarla, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Eurobell S.A. Inmobiliaria, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a catorce de octubre de dos mil tres.- El/La Secretario.

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