Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 19/11/2003

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 10 de noviembre de 2003, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se modifica la de 29 de septiembre de 2003, por la que se convocaba a concurso público una beca de Investigación (Ref.: PAI0301).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Resolución de 29 de septiembre de 2003 de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convocaba a concurso público una beca de Investigación adscrita al Grupo de Investigación del PAI denominado "Expresión genética en bacterias de interés medioambiental" (código: CVI-204), establecía en su Anexo II: Condiciones particulares de la beca, como uno de los requisitos mínimos de los candidatos, "Estar en posesión del título de Licenciado en Biología".

Teniendo en cuenta la propuesta de convocatoria del Investigador Principal del Grupo de Investigación al que se adscribe la beca, en la que propone como uno de los requisitos mínimos de los candidatos a la misma "estar en posesión de la titulación de Licenciado en Ciencias Ambientales".

En aplicación del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero (BOE 14.1.2000).

Este Rectorado ha resuelto:

Primero. Modificar en el Anexo II de la Resolución Rectoral de

29 de septiembre de 2003 citada en el encabezamiento, el apartado referente a "Requisitos mínimos de los candidatos", que quedará redactado de la forma siguiente:

- Requisitos mínimos de los candidatos:

- Estar en posesión del título de Licenciado en Ciencias Ambientales.

- Expediente académico superior a 2,3.

Segundo. Establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 15 días naturales, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 10 de noviembre de 2003.- El Rector, Agustín Madrid Parra.

Ver solicitud en páginas 20.947 y 20.948 del BOJA núm. 126 de 29.10.2002

Descargar PDF