Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 07/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 14 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se resuelve la concesión de subvenciones reguladas en la Orden que se cita.

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De conformidad con lo previsto en la Orden de fecha 18 de enero de 2002, que establece las bases reguladoras de las subvenciones a los ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, y el artículo 1 de la Orden de fecha 28 de junio de 2002, por la que se delega en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública la competencia para resolver las solicitudes de subvenciones reguladas en la Orden que se cita, esta Delegación Provincial

HA RESUELTO

Primero. La concesión de las subvenciones reguladas en la Orden de fecha 18 de enero de 2002, para la mejora de infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, a los Ayuntamientos de los municipios de la provincia de Cádiz que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, por las cuantías, actuaciones y proyectos que en el mismo se especifican.

Segundo. Se establece como plazo de ejecución en las actuaciones de mejora de infraestructuras, equipamiento, obras de reforma, reparación y conservación, el de tres meses y el de dos meses en las actuciones relativas a adquisición de bienes inventariables. En ambos casos, el inicio del cómputo del plazo será el del día siguiente al de la publicación del extracto del contenido de la Resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Orden de fecha 18 de enero de 2002, las subvenciones concedidas se financiarán con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario 761.14B del presupuesto de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Cuarto. La forma y secuencia del pago se ajustará a lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, y 12.2 de la Orden de fecha 18 de enero de 2002, realizándose el abono de las subvenciones en un único pago por el importe total de las mismas.

Quinto. La justificación de la subvención percibida se realizará ante el órgano concedente en un plazo de seis meses a contar desde la percepción del importe de la subvención, aportando la documentación relacionada en el artículo 14 de la Orden.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 48 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Delegada Provincial, o bien, ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición será el de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la publicación del extracto de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses computados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la referida publicación.

Séptimo. El texto íntegro de la Resolución y el Anexo I donde se establecen la relación de municipios beneficiarios, cuantías, actuaciones y proyectos subvencionados, se encuentra expuesto, a disposición de los interesados, en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Justicia y

Administración Pública de Cádiz, sita en la C/ Nueva núm. 4.

Cádiz, 14 de octubre de 2002.- La Delegada, M.ª Luisa García Juárez.

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