Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 17/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de enero de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que notifica la adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por don Francisco Romero Rodríguez, en representación de Artesanía Artetres, SL, contra otra dictada por el Delegado de Gobierno en Jaén, recaída en el expte. 23154/01.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente Artesanía Artetres, S.L., de la resolución adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«Visto el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Romero Rodríguez, en nombre y representación de la entidad "Artesanía Artetres, S.L.", contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén de 27 de septiembre de 2001, recaída en expediente de reclamación núm.

23154/01,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén dictó la Resolución de referencia, por la que se impuso a la entidad una sanción de 480,81 E en materia de consumo.

Segundo. Contra la anterior Resolución, el interesado interpone recurso de alzada, en el que, en síntesis, alegó lo que a su derecho estimó oportuno.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 138/2000, de

16 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de

16 de mayo, y la Orden de 18 de junio de 2001, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería.

Segundo. Notificada la Resolución recurrida al interesado el

15 de octubre de 2001, interpone recurso de alzada el día 21 de noviembre de 2001, según sello del registro general en la Delegación del Gobierno en Jaén, por tanto, fuera del plazo de un mes establecido para la interposición del recurso de alzada en el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en su redacción dada conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Teniendo en cuenta el carácter extemporáneo del recurso presentado, no se entra a conocer del fondo del asunto.

Tercero. Vistos la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley 5/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, el R.D.

1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación, esta Secretaría General Técnica

RESUELVE

No admitir a trámite, por extemporáneo, el recurso de alzada interpuesto por don Francisco Romero Rodríguez, en nombre y representación de la entidad "Artesanía Artetres, S.L.", contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén de 27 de septiembre de 2001, recaída en expediente núm. 23154/01, confirmando la resolución recurrida en sus propios términos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa. Sevilla, 16 de diciembre de 2002. El Secretario General Técnico. P.D. (Orden 18.06.01). Fdo. Rafael Cantueso Burguillos.¯

Sevilla, 30 de enero de 2003.- El Secretario General Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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