Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 07/03/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 17 de febrero de 2003, por la que se hace pública una subvención a favor del Promotor Público Empresa Municipal de la Vivienda de Jerez, SA, Emuvijesa, para la construcción de 34 Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento en calle Pavía, municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).

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Ilmos. Sres.:

Por don Pedro Pacheco Herrera, en representación de Emuvijesa, se solicita al amparo de las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001, y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento financiadas a través del R.D.

1186/1998, de 12 de junio, modificado por el R.D. 115/2001, de

9 de febrero, y que se acogen al Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler establecido en la Sección Primera, Capítulo II, Título I, del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, en virtud del contenido de las mencionadas Disposiciones, todo ello relativo a la promoción de 34 viviendas en calle Pavía, término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz).

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado la obtención de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el préstamo cualificado correspondiente, en el marco del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el R.D. 115/2001, de 9 de febrero, y demás requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de 27 de enero de 2000, modificado por la Orden de 3 de agosto de 2001.

De conformidad con las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta, de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, y en relación a las ayudas obtenidas en el marco del R.D. 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el R.D.

115/2001, de 9 de febrero, y las contenidas en el artículo 67 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto

145/2001, de 19 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, podrá subvencionar a fondo perdido la mencionada actuación protegida en los términos que establecen las citadas Disposiciones.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a la Empresa Municipal de la Vivienda de Jerez, S.A. «Emuvijesa¯, una subvención a fondo perdido aplazada en veinticinco anualidades sucesivas coincidentes con las de amortización del préstamo, calculadas en los términos que se establecen en la Estipulación Quinta del Convenio de Ejecución suscrito al efecto. Dicha subvención tendrá como destino subsidiar las cuotas hipotecarias del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 34 Viviendas Protegidas de Nueva Construcción destinadas a Arrendamiento en Calle Pavía, término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz), y que asciende a un total de un millón doscientos sesenta y dos mil setecientos sesenta y ocho euros y sesenta y seis céntimos (1.262.768,66 euros).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el cuadro de anualidades que se adjunta, siendo necesario para el pago de la primera anualidad aportar certificado de la entidad prestamista acreditando la fecha de terminación del período de carencia e inicio del período de amortización, así como el tipo de interés aplicable. Para poder tramitar el abono de la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse mediante certificación expedida por la entidad prestamista, que los importes percibidos con

anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la

amortización del crédito.

Tercero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de las anualidades detalladas en el cuadro anexo, en orden a ajustarlas a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 17 de febrero de 2003

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

CUADRO ANUALIDADES SUBVENCION REA

Expediente: CA-00/24-REA.

Promoción: 34 Viviendas, en calle Pavía.

Municipio: Jerez de la Frontera (Cádiz).

Promotor: EMUVIJESA.

Anualidad Total euros

2004 26.344,42

2005 26.814,56

2006 27.289,38

Anualidad Total euros

2007 27.768,96

2008 28.253,32

2009 38.624,68

2010 39.217,60

2011 39.816,46

2012 40.421,30

2013 41.032,20

2014 41.649,20

2015 42.272,38

2016 42.901,78

2017 43.537,48

2018 44.179,54

2019 44.828,00

2020 45.482,96

2021 46.144,48

2022 46.812,60

2023 47.487,42

2024 94.060,36

2025 95.207,64

2026 96.366,40

2027 97.536,76

2028 98.718,78

Total 1.262.768,66

El importe de las anualidades de la subvención complementaria se ha calculado con un tipo de interés anual del 5,37% TAE.

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