Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 10/03/2003

3. Otras disposiciones

Universidades

RESOLUCION de 24 de febrero de 2003, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se actualizan las cuantías de las Becas de Formación de Personal Docente e Investigador en desarrollo del III Plan Andaluz de Investigación, correspondientes a la convocatoria de 2000.

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El Plan Andaluz de Investigación tiene como uno de sus pilares fundamentales la formación de investigadores y profesores a fin de disponer de los recursos humanos necesarios para la creación y consolidación de equipos de investigación; asimismo, tiene como uno de sus objetivos el apoyo a los Grupos de Investigación, los cuales, para el adecuado desarrollo de su actividad científica, requieren de personal cualificado susceptible de integrarse en dichos equipos.

La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en base a la formalización de un Convenio de Colaboración con la Consejería de Educación y Ciencia, convocó mediante Resolución de 14 de marzo de 2000, BOJA núm. 54, de 9 de mayo, 7 becas de Formación de Personal Docente e Investigador que fueron adjudicadas por Resolución Rectoral de 31 de octubre de 2000. Dichas becas tenían prevista una dotación inicial de 661,11 E brutos mensuales, cuantía que se ha venido manteniendo sin haberse revisado en el tiempo.

A la vista del nuevo Convenio de Colaboración de fecha 16 de diciembre de 2002, formalizado entre la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y la Universidad Pablo de Olavide para sufragar los gastos originados por la Formación de Personal Docente e Investigador.

Este Rectorado ha resuelto:

Primero. Actualizar, con efectos de 1 de enero de 2002 y hasta la fecha de finalización de la actual prórroga (31/octubre/2003), la dotación económica de las becas de Formación de Personal Docente e Investigador de la Universidad Pablo de Olavide definidas más arriba y cuyos beneficiarios se relacionan en el Anexo adjunto, aumentando su cuantía hasta

872 E brutos mensuales, según consta en la cláusula primera del citado Convenio.

Segundo. Los gastos derivados por la actualización de la dotación económica de estas Becas, se financiarán con cargo a la subvención concedida a esta Universidad por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, en desarrollo del Convenio de Colaboración, de fecha 16 de diciembre de

2002, formalizado entre ambas entidades para sufragar los gastos originados por la Formación de Personal Docente e Investigador (R.C. núm. 2003/802).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante esta Universidad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 177 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de febrero de 2003.- La Rectora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO

Nombre DNI

Carrizosa Prieto, María Esther 28.755.545-W

Lahoz Ruano, Aurelia María 28.756.178-Z

Montaño Medina, José 45.656.268-A

Nombre DNI

Rodríguez Fernández, Javier 44.032.864-P

Sánchez de Mora, Antonio 29.043.831-Y

Torre García, Mercedes de la 31.859.686-V

Toscano Gil, Francisco 48.875.729-Q

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