Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2003

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, de pliego de cargos y orden de incoación en Expediente de Desahucio Administrativo dirigida a don Miguel Lebrón Navarrete, por no ocupación, uso indebido y cesión ilegal de la vivienda sita en Málaga, Bda. Huerta de la Palma, C/ Cigüela, núm. 12, 5.º-B (Expte. MA-13, CTA. 364).

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Teniendo conocimiento esta Delegación en virtud de Informe Policial de que don Miguel Lebrón Navarrete, como adjudicatario de la vivienda sita en Málaga, Bda. Huerta de la Palma, C/ Cigüela, núm. 12, 5.º-B, ha procedido a la no ocupación, uso indebido y cesión ilegal de la vivienda de referencia y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, arts. 138 al 142 Causas Segunda, Quinta y Sexta (2.ª, 5.ª y 6.ª) procede a la Incoación de Expediente de Desahucio Administrativo por no ocupación, uso indebido y cesión ilegal de la vivienda de promoción pública.

Esta Delegación Provincial, en uso de las facultades que le otorga el Decreto 86/1984, de 3 de abril, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, designa respectivamente Instructora y Secretario del mismo a doña M.ª Angeles Romero Muñoz y don Félix Palomeque Sánchez.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 138 al 142 del Decreto núm. 2114/1968, de 24 de julio, para la aplicación del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.

Notifico. A don Miguel Lebrón Navarrete, los siguientes Cargos: No ocupación, uso indebido y cesión ilegal de la vivienda sita en Málaga, Bda. Huerta de la Palma, C/ Cigüela, núm. 12, 5.º-B.

Que constituyen motivos de Expediente de Desahucio Administrativo a tenor de lo previsto en la Causa Segunda,

Quinta y Sexta (2.ª, 5.ª y 6.ª) del artículo 138 del citado Reglamento.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del referido Reglamento, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días, a partir de la fecha de su publicación, formule por escrito, las alegaciones y en su caso, proponga las pruebas que considere oportunas para su descargo, significándole que transcurrido el plazo concedido sin cumplimentarlo se declarará decaído en derecho al referido trámite conforme el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 4/99, de Modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre) continuándose la tramitación del expediente.

Málaga, 24 de febrero de 2003.- El Delegado, Enrique Salvo Tierra.

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