Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 2 de abril de 2003, por la que se delega en el Delegado Provincial de Huelva la competencia para la contratación del servicio que se indica.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su artículo 39.7 que corresponde al titular de cada Consejería la firma de los contratos relativos a asuntos propios de su Departamento.

La Orden de 28 de octubre de 1996 delegó determinadas competencias en materia de gastos y contratación en los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales.

Razones de eficacia administrativa aconsejan delegar en el Delegado Provincial de Asuntos Sociales de Huelva la contratación que se indica por un importe superior al señalado en el apartado primero B) de la mencionada Orden.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero. Se delega en el Delegado Provincial de Asuntos Sociales de Huelva la competencia para la contratación del siguiente servicio, por importe superior a 90.151,82 E:

- Servicio de Vigilancia y Seguridad en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Huelva. Expte. núm. 21-

18/SER-03.

Segundo. En las resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de abril de 2003

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

Descargar PDF