Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 28/04/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INS. E INSTR. Nº3 PUERTO STA. MARIA

EDICTO dimanante del juicio de cognición núm. 40/2001. (PD. 1400/2003).

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N.I.G.: 1102741C20013000048.

Procedimiento: Juicio de Cognición 40/2001. Negociado: J.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: Telefónica Servicios Móviles, S.A.

Procurador: Sr. Eduardo Terry Martínez.

Contra: Don José Antonio García Rizo.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio de Cognición 40/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de El Puerto de Santa María (Cádiz) a instancia de Telefónica Servicios Móviles, S.A. contra José Antonio García Rizo sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: "En El Puerto de Santa María a veintitrés de enero de dos mil tres don Miguel Angel López Marchena, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de esta ciudad, habiendo visto los autos del Juicio de Cognición núm. 40/2001, seguidos a instancia de Telefónica Servicios Móviles, representado por el Procurador don Eduardo Terry Martínez y defendido por la Letrada doña María Luisa Donarire Jiménez contra don José A. García Rizu, declarado en rebeldía, ha pronunciado la siguiente Sentencia y se ha dictado el siguiente "Fallo. Que estimando la demanda formulada por el Procurador don Eduardo Terry Martínez y defendido por la Letrada doña María Luisa Donarire Jiménez contra don José A. García Rizu, debo condenar y condeno a don José A. García Rizu a pagar al actor la suma de (124.689)

749,40 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas causadas en esta instancia", y se ha dictado Auto en fecha 3.4.2003 cuya parte dispositiva dispone: "Se rectifica la Sentencia de fecha 23 de enero de 2003 dictada en las presentes actuaciones en el sentido de que donde se dice "debo condenar y condeno a don José A. García Rizo a pagar al actor la suma de (124.689) 749,40 euros", debe decir "debo condenar y condeno a don José A. García Rizo a pagar al actor la suma de 74.689 ptas. (448,89 euros)".

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Antonio García Rizo, extiendo y firmo la presente en El Puerto de Santa María, a tres de abril de dos mil tres.- El/La Secretario.

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