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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Periodicidad de facturación: Bimestral
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 1,22 euros/mes
Uso industrial, comercial y oficial 4,49 euros/mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
Bloque I: De 0 hasta 10 m/abon./mes 0,26 euros/m Bloque II: Más de 10 m/abon./mes 0,77 euros/m
Uso industrial y comercial
Bloque I: De 0 hasta 35 m/abon./mes 0,51 euros/m Bloque II: Más de 35 m/abon./mes 0,81 euros/m Uso oficial
Bloque único 0,33 euros/m
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral, salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificaciones: Bonificaciones en tarifas de uso doméstico.
Bonificación en consumo de uso doméstico: Conforme al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 14.11.2002, que se transcribe a continuación:
"Para los abonados que tengan un consumo menor o igual a 10 m al mes, se les aplicará una bonificación de 0,1600 euros/m a los primeros 7,5 m al mes.
Para los Jubilados-Pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre, siendo éste el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 10 m al mes.
se les aplicará una bonificación de 0,2600 euros/m (100%) a los primeros 7,5 m al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa, que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre, siendo éste el domicilio habitual.verán incrementado el tope superior del bloque I tarifario en 2,5 m/mes, por cada uno de los miembros en que la unidad familiar supere el de cuatro. Además si su consumo es menor o igual a este tope superior del bloque I, se les aplicará una bonificación de 0,1600 euros/m en el precio de este 1.º bloque al 75% de m consumidos en este bloque".
Derechos de acometida
Parámetro A: 16,83 euros/mm
Parámetro B: 75,13 euros/L./seg.
Cuota de contratación
Calibre del Uso Uso industrial Uso
contador en mm doméstico Y comercial oficial
Hasta 7 28,09 eur. 21,47 eur. 0,00 eur.
10 38,91 eur. 32,29 eur. 9,01 eur.
13 49,72 eur. 43,10 eur. 19,83 eur.
15 56,94 eur. 50,32 eur. 27,04 eur.
20 74,97 eur. 68,35 eur. 45,07 eur.
25 93,00 eur. 86,38 eur. 63,10 eur.
30 111,03 eur. 104,41 eur. 81,14 eur.
40 147,09 eur. 140,47 eur. 117,20 eur.
50 183,15 eur. 176,53 eur. 153,26 eur.
65 237,24 eur. 230,62 eur. 207,35 eur.
80 291,33 eur. 284,71 eur. 261,44 eur.
100 363,45 eur. 356,83 eur. 333,56 eur.
150 543,76 eur. 537,14 eur. 513,86 eur.
Cuota de reconexión
Calibre del contador en mm
7 21,40 euros
10 32,00 euros
13 y superiores 43,00 euros
Fianzas
Calibre del contador en mm
7, 10 y 13 15,90 euros
15, 20 y 25 34,20 euros
30 68,50 euros
40 y superiores 91,30 euros
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 28 de marzo de 2003.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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