Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 26/05/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INTR. Nº 2 DE VELEZ-MALAGA

EDICTO dimanante del juicio de cognición núm. 247/2000. (PD. 1922/2003).

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NIG: 2909441C20002000673.

Procedimiento: Juicio de cognición 247/2000. Negociado: A.

De: Comunidad Propietarios Plazamar Tres.

Procurador: Sr. Aranda Alarcón, José Antonio.

Contra: Doña Gisela Caravaca Vázquez.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento juicio de cognición 247/2000 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez- Málaga a instancia de Comunidad Propietarios Plazamar Tres contra Gisela Caravaca Vázquez, antes Gisela Irmgard Anstre, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA

En Vélez-Málaga, a 16 de octubre de 2002.

Vistos por mí, Soledad Martínez-Echevarría Maldonado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Vélez-Málaga y su partido, los presentes autos de juicio de cognición núm. 247/2000, seguidos ante este Juzgado entre partes, de una Comunidad de Propietarios del Edificio Plazamar Centro Bloque III, representada por el Procurador Sr. Aranda Alarcón y asistida por el Letrado Sr. Martínez Rodríguez, de otra parte Gisela Irmgard Anstre, declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Aranda Alarcón, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Plazamar-Centro Bloque III, contra Gisela Irmgard Anstre, debo condenar a la demandada al pago de mil cuatrocientos ochenta y cuatro euros con cuarenta y ocho céntimos (1.484,48), incrementada dicha cantidad con los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, así como el abono de las costas procesales causadas.

Notifíquese en forma a las partes y llévese testimonio del original a las actuaciones.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Gisela Caravaca Vázquez, antes Gisela Irmgard Anstre, extiendo y firmo la presente en Vélez-Málaga a dos de abril de dos mil tres.- El/La Secretario.

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