Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. QUINCE DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 525/2002. (PD. 1997/2004).

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NIG: 2906742C20020011438.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 525/2002. Negociado: P5.

De: Azur Multirramos S.A. de Seguros y Reaseguros.

Procuradora: Sra. Mercedes Martín de los Ríos.

Letrado: Sr. Muñoz Mateos, José Emilio.

Contra: Don Estefan Keller y Aseguradora Catalana de Occidente.

Procurador: Sr. Miguel Lara de la Plaza.

Letrado: Sr. Luque Fernández, Salvador.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento, Proced. Ordinario (N) 525/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de Azur Multirramos, S.A. de Seguros y Reaseguros contra Estefan Keller y Aseguradora Catalana de Occidente sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: S E N T E N C I A

En la ciudad de Málaga a veintiséis de marzo de dos mil tres.

Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 525/02, a instancia de Azur Multirramos, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, representada por la Procuradora doña Mercedes Martín de los Ríos y defendida por el Letrado Sr. Muñoz Mateos, contra don Estefan Keller, en situación procesal de rebeldía, y Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador don Miguel Lara de la Plaza y defendida por el Letrado Sr. Luque Fernández, en reclamación de cantidad.

F A L L O

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Mercedes Martín de los Ríos, en nombre y representación de Azur Multirramos, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, contra don Estefan Keller y Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, en reclamación de cantidad, debo dictar Sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a don Estefan Keller y Seguros Catalana Occidente, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, los demandados a que, de forma solidaria, abonen a la Entidad Azur Multirramos la suma de siete mil setenta y seis euros con noventa y un céntimos (7.076,91 euros) en concepto de principal.

2.º Condenar a dichos demandados al abono, en forma solidaria, del interés legal de la suma antes referida, desde la fecha de interposición de la demanda, si bien respecto de la aseguradora Catalana Occidente los mismos consistirán en el abono de un interés anual igual al del dinero vigente en el momento del siniestro incrementados en el 50%, y desde dicha fecha.

3.º Imponer a los demandados las costas procesales devengadas.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente Juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Estefan Keller, extiendo y firmo la presente en Málaga a cuatro de mayo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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