Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 25/06/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. UNO DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 545/2003. (PD. 2095/2004).

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NIG: 1808742C20030008795.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 545/2003. Negociado: IS.

E D I C T O

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada.

Juicio: Proced. Ordinario (N) 545/2003.

Parte demandante: Cajasur.

Parte demandada: Alfredo Ortega Ruano.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: H E C H O S

Primero. Por el Procurador de los Tribunales doña Carmen Moya Marcos, en representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, acreditada mediante escritura de poder, se presentó demanda de Juicio Ordinario contra don Alfredo Ortega Ruano, sobre reclamación de cantidad, solicitando conforme al suplico de su demanda se dictara sentencia.

Segundo. Admitida a trámite la demanda, se emplazó a la parte demandada por veinte días mediante edicto publicado en el tablón de anuncios de este Juzgado sin que compareciera, siendo declarada en rebeldía, convocándose a las partes para la celebración de audiencia previa señalada para el día 17 de mayo de 2004, a la que compareció únicamente la parte actora, con el resultado que obra en autos.

Tercero. Que en la sustanciación del presente juicio se han observado todas las prescripciones legales y de aplicación al supuesto de litis.

F A L L O

Que, estimando la demanda presentada por doña Carmen Moya Marcos, en nombre y representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, contra don Alfredo Ortega Ruano, debo condenar y condeno al demandado a que satisfaga a la actora la cantidad de siete mil quinientos setenta y uno con cincuenta y nueve euros (7.571,59), con los intereses de demora al tipo pactado, así como al pago de las costas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy Fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha 24 de mayo de 2004, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia al demandado rebelde con domicilio desconocido.

En Granada, a veinticuatro de mayo de dos mil cuatro.- El/La Secretario/a Judicial.

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