Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 30/07/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 31 de mayo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el proyecto de ejecución de la línea interprovincial AT 66 kV Córdoba-Jaén con origen en la subestación Priego de Córdoba y final en la subestación Alcalá la Real de Jaén y se declara la utilidad pública en concreto. (PP. 2066/2004).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 11 de marzo de 2002, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas autorizó a Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. (actualmente Endesa Distribución), la instalación de una línea A.T. 66 kV, interprovincial Córdoba- Jaén, con origen en la subestación "Priego de Córdoba" (Córdoba) y final en la subestación "Alcalá la Real" (Jaén) y cuya finalidad era mejorar la calidad de servicio.

Segundo. Consta en el expediente Declaración de Impacto Ambiental favorable, emitido por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de fecha 31 de mayo de 2001 (BOJA 13.9.2001).

Tercero. Con fecha 20 de septiembre de 2001, la citada empresa solicitó en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas la aprobación del Proyecto de Ejecución y la Declaración en concreto de Utilidad Pública.

Cuarto. De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, y artículos 6 y siguientes del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE núm. 140, de 12 de junio de

2002, BOJA núm. 30, de 12 de marzo de 2002, BOP de la provincia de Jaén núm., de 10 de abril

de 2002, BOP de la provincia de Córdoba núm., de 20 de marzo de 2002, Diario de Jaén de 19 de abril de 2002 y Diario de Córdoba de 29 de diciembre de 2001.

Quinto. De acuerdo con los artículos 12 y siguientes del Decreto 2617/1966, se remitieron separatas, a los efectos de los correspondientes condicionados, a los siguientes organismos y entidades afectadas:

- Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

- Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla.

- Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

- Ministerio de Fomento (Carreteras).

- Consejería de Medio Ambiente (Vías Pecuarias).

- Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Telefónica de España.

- Excmo. Ayuntamiento de Alcalá la Real.

- Excma. Diputación Provincial de Jaén.

Consta en el expediente que estos organismos emitieron su correspondiente condicionado que fueron aceptados por la empresa solicitante.

Sexto. Se remitió a todos los afectados por la instalación en cuestión copia del anuncio de información pública, que en su día se remitió a los distintos boletines y diarios.

De todos los afectados presentaron alegaciones los siguientes:

- Doña Carmen Cobo Zamora.

- Don Diego Cobo Zamora.

- Doña Rosa Alvarez Carrillo Muñoz.

- Don José Blas Luque Acosta (hijo de don Antonio Luque García).

- Don Pablo Luque Acosta (hijo de don Antonio Luque García).

Dichas alegaciones fueron remitidas a la empresa solicitante y contestadas por ésta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Aprobación de Proyecto, Declaración en Concreto de Utilidad Pública y Expropiación Forzosa de la Línea en cuestión según lo

dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. La aprobación del Proyecto de Ejecución, de

instalaciones eléctricas está regulado por el artículo 12 del Decreto 2617/1966, en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

La Declaración en Concreto de Utilidad Pública está regulada por el artículo 53 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, y artículo 52 de la Ley 16/1954, sobre Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía

R E S U E L V E

Primero. Aprobar el Proyecto de Ejecución, de la Línea de A.T.

66 kV referenciada, solicitada por la empresa Endesa

Distribución, S.A., cuyas características principales serán: Origen: Subestación "Priego de Córdoba".

Final: Subestación "Alcalá la Real".

Longitud: 24 Km.

Long. Prov. Córdoba: 15,5 Km.

Long. Prov. Jaén: 8,5 Km.

T.m. afectados: Priego, Almedinilla, en Córdoba.

Alcalá la Real, en Jaén.

Tipo: Aérea S/C.

Tensión de servicio: 66 kV.

Cable de tierra: AC-50.

Apoyos: Metálicos galvanizados.

Conductores: LA-180.

Aislamiento: Cadenas U-70 BS.

Segundo. Declarar en concreto su Utilidad Pública, que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de los derechos que constan en la "relación de bienes

afectados", que se publicó, en la fase de información pública, en los distintos boletines oficiales y diarios y que, se remitió también a todos y cada uno de los afectados, lo que implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tercero. Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos por los distintos organismos y los que constan en la Declaración de Impacto Ambiental, anteriormente citada.

2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Córdoba y Jaén a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de las correspondientes Actas de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de mayo de 2004.- El Director General, Jesús Nieto González.

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