Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 12 de julio de 2004, de la Dirección General de Salud Pública y Participación, sobre homologación de curso de formación del personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing) solicitada por don José Antonio García López.

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Visto el expediente administrativo número H003/05MAR/03 a instancia del Aula de Formación Sanitaria, con domicilio en Granada, calle San Juan de Dios, 10, 5.º dcha., que solicita la renovación de la homologación del curso de formación del personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing), resultan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Unico. Con fecha 28 de mayo de 2004 se presentó en esta Dirección General de Salud Pública y Participación, solicitud de renovación de homologación de curso de formación del personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing).

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. Esta Dirección General de Salud Pública y Participación es competente para la resolución del presente procedimiento administrativo en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2 del Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing).

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 del Decreto 286/2002, las entidades organizadoras de los cursos de formación del personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing) solicitarán, con anterioridad a su desarrollo, la homologación de los mismos a la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Salud Pública y Participación, RESUELVE

Conceder a la entidad Aula de Formación Sanitaria la homologación del curso de formación del personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing). La presente Resolución tiene validez siempre que se mantengan las condiciones en base a las cuales les ha sido concedida la homologación, estando obligado a comunicar a esta Dirección General cualquier modificación de los datos aportados. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Ilustrísimo Sr. Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.

Sevilla, 12 de julio de 2004.- La Directora General, Josefa Ruiz Fernández.