Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 09/08/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO PRIM. INST. NUM 9 SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 804/2003. (PD. 2640/2004).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 4109100C20030022807.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 804/2003. Negociado: 5.º Sobre: Acción de rectificación registral del art. 40.a) Ley Hipotecaria.

De: Don Rafael Caballero Jiménez, don Antonio Jiménez Martín, don Manuel Caballero Rodríguez, doña Asunción Barrera Rodríguez, don Emilio Díaz García y doña María Victoria Liñán Marín. Procuradora: Sra. María Angeles Jiménez Sánchez. Contra: Covensa, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 804/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla a instancia de Rafael Caballero Jiménez, Antonio Jiménez Martín, Manuel Caballero Rodríguez, Asunción Barrera Rodríguez, Emilio Díaz García y María Victoria Liñán Marín

contra Covensa, S.L. sobre acción de rectificación registral del art. 40.a) Ley Hipotecaria, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: En Sevilla a quince de abril de dos mil cuatro. El Ilmo. Sr. don Manuel J. Hermosilla Sierra, MagistradoJuez del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N) 804/2003-5 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Rafael Caballero Jiménez, don Antonio Jiménez Martín, don Manuel Caballero Rodríguez, doña Asunción Barrera Rodríguez, don Emilio Díaz García y doña María Victoria Liñán Marín con Procuradora doña María Angeles Jiménez Sánchez; y de otra como demandada Covensa, S.L. sobre acción de rectificación registral del art. 40.a) Ley Hipotecaria, y, FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora María Angeles Jiménez Sánchez, en nombre y representación de don Rafael Caballero Jiménez, don Antonio Jiménez Martín, don Manuel Caballero Rodríguez, doña Asunción Barrera Rodríguez, don Emilio Díaz García y doña María Victoria Liñán Marín contra Covensa, S.L., declaro el dominio de los actores sobre las parcelas situadas en el Polígono C de la Urbanización "La Parrita" del término municipal de El Ronquillo (Sevilla), en la forma siguiente:

A. Parcelas núms. 105 y 108 (ambas se encuentran unidas), propiedad de doña M.ª Victoria Liñán Marín, con una cabida total de 14.515 m y cuyos linderos son los siguientes: - Al Norte con camino.

- Al Sur con camino.

- Al Este con parcelas núms. 104 y 109.

- Al Oeste con camino.

En dicha parcela se encuentra ubicado un bien inmueble de una única planta de 98 m construidos, con una fachada aproximada de l4 m por 7 m de fondo y que corresponde a la referencia catastral 002500900QB48B0001HY.

B. Parcela núm. 109, propiedad de don Emilio Díaz García, con una superficie de 4.093,75 m y cuyos linderos son los siguientes:

- Al Norte con parcela núm. 104.

- Al Sur con camino.

- Al Este con parcela núm. 110.

- Al Oeste con parcelas núms. 105 y 108.

C. Parcela núm. 110, propiedad de don Emilio Díaz García, con una superficie de 4.218,75 m y cuyos linderos son los siguientes:

- Al Norte con parcela núm. 103.

- Al Sur con camino.

- Al Este con parcela núm. 111.

- Al Oeste con parcela núm. 109.

D. Parcela núm. 170, propiedad de doña Ascensión Barrera Rodríguez, casada en régimen de gananciales con Francisco García Hurtado, con una superficie de 3.00 m y cuyos linderos son los siguientes:

- Al Norte con parcela núm. 167.

- Al Sur con camino.

- Al Este con parcela núm. 171.

- Al Oeste con parcela núm. 169.

En dicha parcela se haya construido un bien inmueble de 99 m construidos, con una fachada aproximada de 12,40 metros por 8 m de fondo y que corresponde a la referencia catastral

002501000QB48B0001ZY.

E. Parcela núm. 165, propiedad de don Manuel Caballero

Rodríguez, don Antonio Jiménez Martín, don Rafael Caballero Jiménez, con una superficie de 3.922 m y cuyos linderos son los siguientes:

- Al Norte con parcela núm. 166.

- Al Sur con parcela núm. 164.

- Al Este con camino.

- Al Oeste con parcela núm. 172.

En dicha parcela se haya construido un bien inmueble de dos plantas de 78 m sobre una superficie de 64 m, con una fachada aproximada de 8 m por 8 m de fondo. Sobre la primera planta existe un castillete con una superficie de 3,60 m por 3,79 m. La edificación corresponde a la referencia catastral

002500300QB48BO001IY, condenando al demandado a estar y pasar por la anterior declaración, no habiendo lugar a pronunciamiento sobre el resto de pronunciamientos interesados en el suplico del escrito de demanda, todo ello sin realizar especial

pronunciamiento sobre costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la la demandada Covensa, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintiséis de mayo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.