Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 10/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de julio de 2004, de la Dirección General de Política Interior, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por los municipios solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita, de concesión de subvenciones de medios técnicos a municipios para la dotación de sus Cuerpos de la Policía Local para el año 2004.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Vista la Orden de 19 de mayo de 2004, de concesión de subvenciones a municipios para la dotación de sus Cuerpos de la Policía Local, para el año 2004 (BOJA núm. 109, de 4 de junio de

2004), y de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el artículo 6 de la mencionada Orden se establece el lugar y plazo de presentación de solicitudes, determinando el artículo 5 la documentación a aportar por los municipios.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por los municipios que se indican mediante Anexo a la presente, así como la documentación aportada por los mismos, se observa que los documentos que se relacionan para cada municipio no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

II. La Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Reglamento de subvenciones, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

III. El artículo 59.b) de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo anteriormente expuesto resuelvo:

1. Requerir a cada uno de los Municipios indicados en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Dirección General de Política Interior, la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

Sevilla, 26 de julio de 2004.- El Director General, Ildefonso Martín Barranca.

(*) Documentación a aportar/subsanar:

1. Impreso de solicitud (Anexo I-apartado 5).

2. Compulsa del CIF de la entidad solicitante.

3. Anexo II con compulsa del DNI.

4. Memoria justificativa firmada.

5. Presupuesto desglosado o facturas proforma de la casa comercial o empresa correspondiente, de la subvención solicitada (original o compulsa).

6. Certificado acreditativo de la plantilla del Cuerpo de la Policía Local y número de habitantes del municipio.

7. Certificado acreditativo de las subvenciones recibidas en los últimos cinco años, tanto para vehículos policiales, como para cualquier medio técnico del equipo básico policial o

equipamiento de jefatura.

8. Certificado acreditativo de la dotación, fecha de adquisición y estado actual del medio solicitado.

9. Certificado acreditativo de la adecuación o conveniencia de la subvención solicitada.

10. Certificado acreditativo del grado de compromiso

medioambiental de los bienes o servicios adquiridos con las subvenciones o, en su caso, de las medidas complementarias a las exigidas por la legislación medioambiental.

Descargar PDF