Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 26/01/2004

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Consejería de Salud

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se notifica la Resolución de la Dirección General de Salud Pública y Participación, al recurso de alzada relativo al expediente núm. 23033/2002 de esta Delegación en materia de Salud.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación de la Resolución dictada por la Directora General de Salud Pública y Participación en el recurso interpuesto por doña Josefa Fernández Castro, por la presente se procede a hacer pública dicha Resolución al no haberse podido practicar en el domicilio de la recurrente, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

"Recurso de alzada número 124/02

(Dirección General de Salud Pública y Participación)

Visto el recurso de alzada interpuesto por doña Josefa Fernández Castro, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Jaén, de fecha 14 de mayo de 2002.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que conforme al acta de inspección núm. 18/12989, de

14 de enero de 2002, se pone de manifiesto que en el establecimiento propiedad de doña Josefa Fernández Castro, se observa que tiene productos preparados careciendo de Número de Registro General Sanitario para su elaboración.

Segundo. Que el 1 de febrero de 2002 se acordó la iniciación de expediente sancionador, y que el 5 de abril de 2002 se dicta Propuesta de Resolución, presentando el interesado escrito de alegaciones el 26 de abril de 2002.

Tercero. Que el 14 de mayo de 2002, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Jaén acuerda imponer a doña Josefa Fernández Castro una sanción de 330 euros, al infringir lo dispuesto en el artículo 2 del R.D. 1712/91 y en el artículo

2.1.1 del R.D. 1945/83.

Cuarto. Que contra dicha Resolución se interpuso, en tiempo y forma, recurso de alzada en el que en síntesis manifiesta lo siguiente:

- Que los alimentos encontrados eran para consumo propio y no para su venta.

- Que considera la sanción impuesta totalmente desproporcionada a la infracción cometida.

- Que solicita se ordene la anulación de la sanción.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Dirección General de Salud Pública y Participación es competente para conocer y resolver el presente recurso de alzada, en virtud de lo establecido en los artículos

107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero; artículo 6.2.h) del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 65, de 6 de junio) y artículo 3.3 del Decreto

275/1998, de 22 de diciembre (BOE núm. 6 de 14 de enero de

1999).

Segundo. Que los hechos son imputados al propietario de la entidad, ante lo cual no cabe eximente alguno.

Que los motivos de oposición señalados por el interesado fueron señalados durante la tramitación del procedimiento.

Que la multa ha sido determinada en una cuantía mínima en atención al intervalo posible establecido para la misma en el reseñado artículo 36 de la Ley 14/86, de 25 de abril.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, esta Dirección General de Salud Pública y Participación

R E S U E L V E

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Josefa Fernández Castro contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Salud de Jaén, de fecha 14 de mayo de 2002, confirmando la resolución impugnada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo

establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14.1.º, segunda de la citada Ley. La Directora General de Salud Pública y Participación."

Jaén, 13 de enero de 2004.- El Delegado, Juan Francisco Cano Calabria.

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