Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 24/09/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 28 de junio de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria Cañada Real de las Navas de San Juan, tramo séptimo, que va desde el camino de La Serrezuela, hasta el Vado de las Carretas y límite con el t.m. de Linares, en el término municipal de Vilches, provincia de Jaén (VP 319/01).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la Vía Pecuaria "Cañada Real de las Navas de San Juan", en su tramo séptimo, comprendido desde el camino de La Serrezuela, hasta el Vado de las Carretas y límite con el término municipal de Linares, en el término municipal de Vilches, provincia de Jaén, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Vía Pecuaria "Cañada Real de las Navas de San Juan", en el término municipal de Vilches, provincia de Jaén, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 30 de mayo de

1955.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 1 de junio de 2001, se acordó el Inicio del Deslinde de la vía pecuaria "Cañada Real de las Navas de San Juan", tramo séptimo, en el término municipal de Vilches, en la provincia de Jaén.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 18 de julio de 2002, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 94, de fecha 25 de abril de 2002.

En dicho acto de deslinde no se formulan alegaciones por parte de los asistentes.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.

88, de fecha 16 de abril de 2003.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 24 de septiembre de 2002 se acuerda la ampliación del plazo establecido para instruir y resolver el presente procedimiento de deslinde durante nueve meses más.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 17 de mayo de 2004.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Navas de San Juan", en el término municipal de Vilches (Jaén), fue clasificada por Orden Ministerial de 30 de mayo de 1955, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente Deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, con fecha 29 de diciembre de 2003, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, emitido con fecha 17 de mayo de 2004

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde de la Vía Pecuaria "Cañada Real de las Navas de San Juan", tramo séptimo, comprendido desde el camino de La Serrezuela, hasta el Vado de las Carretas y límite con el término municipal de Linares, en el término municipal de Vilches, provincia de Jaén, conforme a los datos y descripción que siguen, y a las coordenadas UTM que se anexan a la

presente.

- Longitud deslindada: 1.263,6580 metros.

- Anchura: 75,22 metros.

- Superficie deslindada: 95.201,6765 m.

Descripción.

Finca rústica, en el término municipal de Vilches, provincia de Jaén, de forma alargada, con una anchura de 75,22 metros, la longitud deslindada es de 1.263,658 metros, la superficie deslindada de 95.201,6765 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Cañada Real de las Navas de San Juan", tramo VII, comprendido desde el camino de La Serrezuela, hasta el Vado de las Carretas y el límite del término municipal de Linares, y que linda:

- Al Norte: Con las propiedades de Punta Mar S.A.

- Al Este: con el tramo VI de la Cañada Real de las Navas de San Juan.

- Al Sur: Con la propiedad de Punta Mar, S.A.

- Al Oeste: Con el Río Guarrizas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como

cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 28 de junio de 2004.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2004 DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CAÑADA REAL

DE LAS NAVAS DE SAN JUAN", TRAMO SEPTIMO, QUE VA DESDE EL CAMINO DE LA SERREZUELA, HASTA EL VADO DE LAS CARRETAS Y LIMITE CON EL T.M. DE LINARES, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE VILCHES, PROVINCIA DE JAEN (VP 319/01)

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