Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 14/10/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. Nº2 DE ESTEPONA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 387/2002. (PD. 3311/2004).

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NIG: 2905142C20020001709.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 387/2002. Negociado: MB.

Sobre: Ordinarios, daños y perjuicios circulación vehículos motor.

De: Autoviajes Campos, S.L.

Procurador: Sr. López Guerrero, José Antonio.

Contra: La Estrella y Antonio José Ballesteros Lara.

Procurador: Sr. Cabellos Menéndez Julio.

Letrada: Sra. Ruiz García Sandra.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 387/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, Málaga a instancia de Autoviajes Campos, S. L. contra La Estrella y Antonio José Ballesteros Lara sobre ordinario, daños y perjuicios circulación vehículos motor, cuyo encabezamiento y fallo son como sigue:

"Vistos por doña M.ª Concepción Montoya González, Juez Accidental del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estepona, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 387/02 seguidos a instancia de la entidad Autoviajes Campos, S.L. representada por el Procurador don José Antonio López Guerrero y asistida por el Letrado don Oscar Ramírez del Valle, frente a la Cía. La Estrella, representada por el Procurador don Julio Cabellos Menéndez y asistida por el Letrado don José Antonio García Torre, y don Antonio José Ballesteros Lara declarado en rebeldía; .....

Fallo: "Que desestimando en su integridad la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales don José Antonio López Guerrero en nombre y representación de la entidad Autoviajes Campos, S.L. frente a don Antonio José Ballesteros Lara y la Cía. La Estrella, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones frente a ellos ejercitadas en el presente procedimiento. Todo ello con expresa imposición a la actora de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, y para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por ésta mi sentencia, de la que se expedirá certificación para su unión a los autos a que se refiere, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Antonio José Ballesteros Lara, extiendo y firmo la presente en Estepona a tres de mayo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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