Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 29/10/2004

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 15 de octubre de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados/as y se ofertan vacantes a los/as aspirantes seleccionados/as en las pruebas selectivas de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ayudantes de Bibliotecas (B.2014).

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Propuesta por la correspondiente Comisión la relación definitiva de aprobados/as, en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ayudantes de Bibliotecas (B.2014), convocadas por Orden de esta Consejería de 14 de noviembre de

2003 (BOJA núm. 228, de 26 de noviembre), procede dar cumplimiento a la base octava de la misma.

En su virtud, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto:

Primero. Hacer pública la relación definitiva de aprobados/as en las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Ayudantes de Bibliotecas (B.2014).

La citada relación estará expuesta en la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el Instituto Andaluz de Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en la Subdelegación del Gobierno del Campo de Gibraltar y en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Segundo. 1. Ofertar vacantes a los/as aspirantes que figuran en la relación definitiva de aprobados/as, que dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación de la presente Resolución, para presentar la petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigida al Ilmo. Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública, sito en Plaza de la Gavidia, núm. 10, 41071, Sevilla y en las Delegaciones de la Consejería de Justicia y Administración Pública en las distintas provincias andaluzas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 51.2 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia de los puestos ofertados, deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia del Título Académico Oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

e) Petición de destinos, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Los/as aspirantes que tengan la condición de discapacitados/as, cualquiera que sea su grado de

discapacidad, deberán presentar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social u organismos similares de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición, especifique el grado de discapacidad que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas de esta convocatoria.

2. Los/as aspirantes estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y los requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

Tercero. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Cuarto. 1. Los/as aspirantes aprobados/as remitirán, junto con la documentación indicada en el apartado primero, la petición de destino que deberá efectuarse, necesariamente, en el modelo de instancia que figura como Anexo II.

2. Las instancias habrán de ser cumplimentadas a máquina y en especial los códigos correspondientes a cada destino

solicitado, los cuales deberán figurar por orden de

preferencia del aspirante.

Quinto. Los destinos se adjudicarán a los/as aspirantes seleccionados/as en las respectivas pruebas, de acuerdo con la puntuación total obtenida y el referido orden de preferencia de destino.

Sexto. Los/as funcionarios/as que ocupen con carácter

definitivo puestos de doble adscripción, podrán solicitar la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación. En tal caso quedarán excluidos/as del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se

producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el art. 29.3.a) de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.

Séptimo. 1. A aquellos/as aspirantes que no presenten la petición de destino dentro del plazo señalado, les será adjudicado alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las peticiones de los/as demás aspirantes.

2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la Base segunda de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de

presentar en tiempo y forma los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que reúnen las

condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

Contra la relación definitiva de aprobados, que se hace pública en el apartado primero de la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en relación con la base séptima punto 3 de la Orden de 14 de noviembre de 2003.

Contra la oferta de vacantes que se realiza en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de octubre de 2004.- El Secretario General para la Administración Pública, Pedro Pérez González-Toruño.

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