Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 230 de 24/11/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ANDUJAR

ANUNCIO de modificación de bases.

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ANUNCIO

El Sr Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar.

Hace saber: Que mediante Resolución de Alcaldía de fecha 11 de noviembre de 2004, se ha procedido a modificar las bases de selección de 3 plazas de policía local, vacantes en la plantilla del personal funcionario, mediante el sistema de oposición libre y derivada de la OEP de 2004, en los siguientes aspectos que a continuación se citan:

1. Respecto de la base Tercera "Solicitudes", en el apartado segundo, donde decía: "El plazo de presentación será de 20 días naturales..."; debe decir: "El plazo de presentación será de 20 días hábiles...".

2. Respecto de la base Sexta "Calendario de realización de las pruebas", en el apartado cuarto, donde dice: "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente debe transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días hábiles"; debe decir: "Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente debe transcurrir un plazo mínimo de 5 días hábiles y un máximo de 45 días hábiles".

En el apartado quinto de la misma base, al final del párrafo se ha de añadir lo siguiente: "con doce horas, al menos de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio".

3. Respecto de la base Novena "Presentación de documentos", en el apartado primero, donde dice: "Los/as aspirantes propuestos/as para ser nombrados Funcionarios en prácticas, aportarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación correspondiente..."; debe decir: "Los/as aspirantes propuestos/as para ser nombrados Funcionarios en prácticas, aportarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que se haga pública la relación correspondiente...".

En el apartado segundo, de la misma base Novena, al final del párrafo se deberá incluir la siguiente redacción: "Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios".

4. Respecto de la base Undécima "Normas de aplicación" después de la referencia a la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación se ha de añadir lo siguiente: "Ley

6/1985, de 28 de noviembre de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en el art. 1 del Decreto

201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local".

5. Se añade un nueva base duodécima, denominada "Recursos", con la siguiente redacción:

"Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr Alcalde-Presidente en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/92, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de

interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Andújar, 11 de noviembre de 2004.- El Alcalde, Jesús Estrella Martínez.

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