Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 29/11/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de la Gerencia Municipal de Urbanismo, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación de Elementos del PGOU consistente en suprimir el área de protección integral arqueológica identificada con el código 4-A Cueva Hoyo de la Mina. (PP. 2381/2004).

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ANUNCIO

Acuerdo plenario relativo a la aprobación definitiva de la Modificación de Elementos del PGOU consistente en suprimir el área de protección integral arqueológica identificada con el código 4-A Cueva Hoyo de la Mina.

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2004, se ha adoptado el siguiente acuerdo:

"El Excmo. Ayuntamiento Pleno conoció el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Desarrollo Territorial de fecha 20 de mayo de 2004, cuyo texto a la letra es el siguiente:

"La Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Desarrollo Territorial, conoció informe-propuesta del Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística de fecha 12 de mayo de

2004, el cual copiado a la letra dice:

Se da cuenta de expediente sobre Modificación de Elementos del PGOU consistente en suprimir el área de protección integral arqueológica identificada con el código 4-A denominada `Cueva Hoyo de la Mina?, recogida en el Plano del Suelo No Urbanizable del Plan General relativo a Bienes Arqueológicos, y en el artículo 10.5.2.1 de la Normativa Urbanística del Plan General, promovido de oficio.

Visto el acuerdo de la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico de Málaga dependiente de la Junta de Andalucía, adoptado en su sesión 4/02, de 5 de abril, y el informe arqueológico del Departamento de Arquitectura y Disciplina Urbanística de fecha 4 de octubre de 2002, en el que se determina `desafectar arqueológicamente los restos de la cavidad conocida como Hoyo de la Mina?. `Ello en base a los estudios continuados verificados en su interior, por equipos científicos de distintas universidades con proyecto de investigación aprobados por la Consejería de Cultura.? `Fruto de estas excavaciones y como resultado de las mismas según el informe de la Comisión de Patrimonio, se han extraído los restos contenidos y ha quedado vaciada de sedimentos de estructuras o subestructuras o de algún tipo de restos analizables con metodología arqueológica?.

El mencionado expediente tuvo aprobación inicial por acuerdo de Pleno de 29 de noviembre de 2002, transcurrido el plazo legal de información pública no se ha presentado ninguna alegación, según Certificado de la Vicesecretaria Delegada de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras obrante en el expediente de fecha 18 de marzo de 2003.

Con fecha 23 de marzo de 2003 tuvo lugar la aprobación provisional del presente expediente mediante acuerdo Plenario Municipal. Como resultado de este acuerdo se remite el expediente a la Diputación Provincial y a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Junta de Andalucía. La primera informa con fecha 30 de abril de 2003, dejando en mano de los organismos competentes la manifestación sobre la oportunidad o no de la desafección arqueológica que se promueve en el presente expediente. Respecto a la segunda, indicar que con fecha 25 de junio de

2003 en la sesión de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo 6/03 se informa favorablemente el presente expediente.

Respecto al informe vinculante de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo estipulado en el art. 49.1 y por remisión en el apartado 5 del art. de la Ley

1/1991, de Regulación del Patrimonio Histórico de Andalucía, se le requiere dicho informe vinculante con fecha 21 de abril de 2003 y se le reitera el 22 de diciembre del mismo. Dicho informe debía producirse tras la aprobación provisional y antes de la aprobación definitiva, siendo el plazo para la emisión de tres meses contados a partir de la recepción de la documentación correspondiente, transcurrido el cual se

entiende emitido con carácter favorable. Según certificado de fecha 28 de abril de 2004 de esta Vicesecretaria Delegada de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras durante el plazo legal establecido de tres meses desde la recepción de la documentación, en segunda instancia, que fue el 7 de enero de 2004 no ha tenido entrada ningún informe de dicha Delegación Provincial de la Consejería de Cultura.

Visto el informe jurídico elaborado por este Departamento de fecha 4 de mayo de 2004, por el que no se aprecian

inconvenientes para la aprobación definitivamente de la presente modificación, no conllevando el mismo ningún

incremento de la edificabilidad, ni alteración de las zonas verdes.

Este Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística propone a la Comisión Informativa, eleve propuesta al Excmo. Ayuntamiento Pleno de adopción de los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos del Plan General consistente en suprimir del Catálogo de Bienes Arqueológicos expuesto en el artículo 10.5.2 del Plan General el área de protección integral arqueológica

identificada con el código 4-A denominada `Cueva Hoyo de la Mina?, conforme a la documentación redactada de oficio con fecha noviembre/2002, y a los informes obrantes en el

expediente, todo ello en cumplimiento de los arts. 93 y 114 del Texto Refundido de la Ley del Suelo aplicable en virtud del artículo único de la Ley 1/1997, de la Junta de Andalucía, artículos 9.2.7 y 10.2.2 apartado 3.a) de la Normativa

Urbanística del Plan General.

Segundo. Disponer se publique el presente acuerdo en el BOJA en cumplimiento de los artículos 124 y 131 del citado texto legal y del 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local, como requisito necesario para la ejecutoriedad del mismo.

Tercero. Dar cuenta del presente acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y a la Delegación Provincial de Cultura de la Junta de

Andalucía.

Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo al Departamento de Disciplina Urbanística y Autoconstrucción (Sección de

Arqueología), para su conocimiento.

Sometido a votación el informe-propuesta transcrito, el resultado de la misma fue el siguiente:

La Comisión, con la abstención del Grupo Municipal IULV-CA, y el voto a favor del Grupo Municipal Socialista y del Grupo Municipal Popular, propuso al Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerde prestar su aprobación a la propuesta contenida en el mismo."

Consta en el expediente informe de la Secretaría General del Pleno, de fecha 18 de mayo 2004, acerca de aspecto jurídicos- formales.

El resultado de la votación fue el siguiente:

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los miembros de la Corporación asistentes a la votación del presente punto, dio su aprobación al dictamen cuyo texto ha sido transcrito y, consecuentemente, adoptó los acuerdos en el mismo propuestos."

Lo que se hace público para general conocimiento,

significándose que contra el presente acuerdo podrá

interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de la Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o a partir de la publicación del presente anuncio del acuerdo de aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Málaga, 25 de junio de 2004.- El Alcalde, P.D., El Teniente- Alcalde Delegado de Urbanismo, Obras y Desarrollo Territorial, Juan Ramón Casero Domínguez.

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