Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 01/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 18 de noviembre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamiento de Benalauría y Benarrabá (Málaga).

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Los Ayuntamientos de Benalauría y Benarrabá (Málaga), mediante Acuerdos Plenarios adoptados en sesiones de 19 de diciembre y 22 de septiembre de 2003, respectivamente, acordaron, la disolución de la Agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría.

La Excma. Diputación de Málaga mediante Acuerdo de fecha 1 de octubre de 2004, informa favorablemente dicha iniciativa de disolución de la Agrupación.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre y en relación con lo dispuesto en el artículo 12.1.e) del Decreto

200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Benalauría y Benarrabá (Málaga).

Segundo. Se clasifica el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Benarrabá (Málaga), en clase tercera, estando reservada su provisión a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría-Intervención.

Tercero. Se exime de la obligación de mantener el puesto de Secretaría al Ayuntamiento de Benalauría (Málaga). Las funciones reservadas a dicho puesto serán desempeñadas por alguno de los sistemas establecidos en los artículos 5 ó 31.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 18 de noviembre de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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