Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 25 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios de las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Médica, Protésica y Odontológica, para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía con destino en la provincia de Málaga, relativos a las solicitudes presentadas entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2004.

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Vistas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el período comprendido entre el 1 de mayo de

2004 y el 30 de junio de 2004, relativas a la modalidad Médica, Protésica y Odontológica, correspondientes a las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía con destino en la provincia de Málaga que establecen la Orden de

18 de abril de 2001 (BOJA núm., de día 10.5.2001) mediante las que se aprueba el Reglamento de las citadas Ayudas, y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Primero. Que el artículo 3.2 en relación con el artículo 2.1 de la mencionada Orden establece que la modalidad de Ayuda Médica, Protésica y Odontológica tendrá el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio.

Segundo. Que en la Sección 1.ª del Capítulo II de la repetida Orden se regula específicamente cuanto se refiere a la expresada modalidad de Ayuda Médica, Protésica y Odontológica.

Tercero. Se ha comprobado que las ayudas, que mediante esta resolución se publican, reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.

Cuarto. Asimismo, aquellas otras que, presentadas durante el mismo período, adolecieran de algún defecto, serán igualmente publicadas mediante resolución de esta misma fecha, concediéndose plazo de reclamación para la subsanación de tales errores o defectos.

Resultando de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 9.6.b) de la Orden de esta Consejería de

10 de noviembre de 2000, por la que se delegan competencias en diversas materias (BOJA núm., de 30 de noviembre) modificada por la Orden de 12 de diciembre de 2002 (BOJA núm., de 3 de enero), que atribuye a esta Delegación Provincial la competencia para la gestión y resolución de la Ayuda Médica, Protésica y Odontológica regulada en el Reglamento de Ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía con destino en la provincia de Málaga.

Segundo. El artículo 11 de la Orden reguladora del procedimiento de resolución y adjudicación de estas Ayudas, así como la disposición vigente mediante la que se fijan las cantidades de tales Ayudas para el ejercicio 2004.

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho expuestos y demás preceptos de general aplicación, esta Delegación Provincial,

RESUELVE

Primero. Publicar los listados definitivos de admitidos para la concesión de las Ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio de 2004, en la modalidad de "Médica, Protésica y Odontológica" correspondiente a las solicitudes presentadas en el período comprendido entre el 1 de mayo de

2004 y 30 de junio de 2004, que a tales efectos quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Málaga.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, el personal funcionario y no laboral podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su

publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo

46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la citada Ley 30/1992, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Málaga, 25 de noviembre de 2004.- La Delegada, Aurora Santos García de León.

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