Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 06/02/2004

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 4 de febrero de 2003, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se abre período de Información Pública, por la solicitud formulada de autorización administrativa, a los efectos de expropiación forzosa, para la imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, para la instalación de una línea de baja tensión en Camino de las Zarzas del término municipal de Montilla (Córdoba). (PP. 500/2003).

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De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de

28 de noviembre, del Sector Eléctrico, se somete a información pública lo siguiente:

Peticionaria: Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio en calle García Lovera, 1, de Córdoba.

Finalidad: Mejora de la calidad del servicio.

Objeto: Autorización Administrativa, a los efectos de expropiación forzosa, de imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, respecto a los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y ejercicio, afectados por la instalación de la línea eléctrica de distribución subterránea de baja tensión a 380 voltios, desde el Centro de Transformación núm. 1 del Polígono Llanos de Jarata, hasta las viviendas de la zona Camino de las Zarzas, del término municipal de Montilla (Córdoba), para lo que se acompaña relación anexa de afectados, con descripción de bienes y derechos afectados.

El Proyecto a que está afecta la imposición de servidumbre interesada, está excluido del régimen de autorización al ser la instalación de tensión inferior a un kV, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en los artículos 52, siguientes y concordantes de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, y 143, siguientes y concordantes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:

a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos de la instalación.

b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

En su virtud, esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico, de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y artículo 17 de su Reglamento, ha resuelto abrir Información Pública por plazo de quince días, para que los propietarios afectados que figuran en la relación anexa, y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por dicha imposición de servidumbre de paso, puedan formular por escrito y duplicado ejemplar, las alegaciones que estimen oportunas, a los exclusivos efectos de subsanar posibles errores en dicha relación, dirigiéndolas a esta Delegación Provincial, sita en la calle Manriques, 2, de esta ciudad.

Córdoba, 4 de febrero de 2003.- El Delegado, Andrés Luque García.

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