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Publicada en BOJA núm. 25, de fecha 6 de febrero de 2004, Orden de 27 de enero de 2004, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones y la distribución de transferencias de capital del programa presupuestario.1.a., coordinación con las Corporaciones Locales, de la Dirección General de Administración Local, y habiendo advertido errores, así como la no publicación de los anexos correspondientes, procede efectuar las siguientes rectificaciones.
En el artículo 9.2.5. Resolución, notificación y publicación, donde dice "... de acuerdo con lo que se establece en el art. de esta Orden"; debe decir: "... de acuerdo con lo que se establece en el articulado de esta Orden."
En el artículo 12.2 Incidencias y modificación de las condiciones de concesión, donde dice: "... artículo 48 de la Ley 30/1992 ..."; debe decir: "... artículo 49 de la Ley
30/1992 ...".
En el artículo 21. Forma y plazos de justificación de la subvención, donde dice: "... conforme al modelo que figura en el Anexo X"; debe decir: "... conforme al modelo que figura en el Anexo 10".
En el artículo 29. Actuaciones subvencionables, en el punto
1.a) donde dice: "... obras de primer establecimiento, reforma, reparación y conservación"; debe decir: "... obras de nueva planta, ampliación reforma y modernización".
En el artículo 31. Financiación, donde dice: "... créditos consignados en el concepto presupuestario 765.00"; debe decir: "... créditos consignados en los conceptos presupuestarios
765.00 y 766.00".
En el artículo 33. Documentación a presentar, donde dice: "... presentando el Anexo 5 ó 6 ..."; debe decir: "... presentando el Anexo 4 ó 5...".
En el artículo 35. Organos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento, donde dice: "... actuaciones mencionadas en el artículo 30"; debe decir: "... actuaciones mencionadas en el artículo 29".
Así mismo, se efectúa la publicación de los anexos indicados en la Orden que se rectifica, y se establece un nuevo plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente corrección en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de febrero de 2004
ALFONSO PERALES PIZARRO
Consejero de Gobernación
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