Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 15 de marzo de 2004, del Instituto Andaluz de la Juventud, mediante la que se hacen públicas las ayudas concedidas a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Juventud, correspondientes a la convocatoria del ejercicio 2003, al amparo de la norma que se cita.

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Mediante la Orden de 8 de enero de 2002, se regulan y convocan las ayudas a Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Juventud (BOJA núm. 10, de 24 de enero). La citada Orden contiene las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones y ayudas a Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía y posee un carácter plurianual.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9, apartado

2.e), del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, así como del artículo 9, apartado 5, de la Orden anteriormente citada, he resuelto hacer públicas las subvenciones concedidas al amparo de la misma, para el ejercicio 2003, a los beneficiarios, por el importe, finalidad y presupuesto aceptado que se indica, y con cargo a las aplicaciones presupuestarias.1.01.32. 01.00.467.00.32F.2 y

0.1.01.32.01.00.767.01.32F.6, según la relación que figura como Anexo a la presente Resolución.

Se hace constar que la presente publicación sustituye a la notificación individual, surtiendo sus mismos efectos, y que su contenido íntegro se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud y de los Servicios Centrales del mismo.

Contra la presente Resolución, la cual agota la vía administrativa, se podrá interponer, ante el Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo establecido en los artículos

116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 15 de marzo de 2004.- El Director General, Joaquín Dobladez Soriano.

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