Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 06/04/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 23 de marzo de 2004, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Lucena relativa a los sistemas generales Río Lucena y su entorno.

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El Ayuntamiento de Lucena ha tramitado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de dicho municipio que tiene por objeto establecer una nueva ordenación para los sistemas generales establecidos por el Plan General vigente al noroeste del núcleo urbano y situados a ambas márgenes del río Lucena, así como para los suelos situados en el entorno inmediato a dichos sistemas, ampliando el ámbito destinado a recinto ferial. La aprobación inicial de la modificación se realizó en sesión del Pleno del Ayuntamiento de 23 de diciembre de 2002 y aprobación provisional en sesión de 14 de abril de 2003. De acuerdo con el apartado 1 de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el presente procedimiento se resolverá con arreglo a lo dispuesto en la Ley 1/1997 de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (artículo 129 TRLS92) para las modificaciones de planeamiento que afecten a zonas verdes o espacios libres.

La competencia para la resolución sobre la aprobación definitiva corresponde al Consejo de Gobierno según el arículo

4.3.1. del Decreto 77/1994, de 5 de abril, de aplicación en virtud del mencionado apartado 1 de la Disposición Transitoria Cuarta, de la Ley 7/2002; previo informes favorables de la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por delegación de la Consejera de Obras Públicas y Transportes mediante la Orden de 21 de marzo de 2002 y en virtud del Decreto 11/2003, de 28 de enero, y del Consejo Consultivo de Andalucía, según el artículo 16.8.d de la Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía. En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 3 de diciembre de 2003 la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismo informó favorablemente esta modificación, señalando una serie de subsanaciones a cumplimentar por el Ayuntamiento; asimismo, con fecha 29 de enero de 2004 ha sido emitido Dictamen favorable por el Consejo Consultivo de Andalucía.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de marzo de 2004.

A C U E R D A

Primero. Aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Lucena relativa a los Sistemas Generales "Río Lucena" y su entorno, por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.

Segundo. El Ayuntamiento de Lucena deberá corregir, en la documentación técnica de la modificación, los extremos señalados en el punto 4.2 "Contenido" del apartado "Valoración de la Modificación" del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico, de la Dirección General de Urbanismo, de 3 de diciembre de 2003, al que hace referencia el informe de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la misma fecha.

Tercero. Una vez corregidos y aprobados por el Ayuntamiento los anteriores extremos, entrarán en vigor las determinaciones afectadas. Posteriormente, se enviará el expediente a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para su Toma de Conocimiento.

Cuarto. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 29 del Decreto 77/1994 y se notificará al Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de marzo de 2004

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejería de Obras Públicas y Transportes en funciones

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