Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 08/04/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE COGOLLOS DE LA VEGA

CORRECCION de errores a anuncio de bases de la oposición libre para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar de Administración General (BOJA núm. 51, de 15.3.2004).

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Don Francisco José Luzón García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cogollos Vega (Granada)

HAGO SABER

Que la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el pasado día 12 de febrero, aprobó las bases que han de regir la provisión y selección de la plaza de funcionario incluida en la oferta de empleo de 2003, de Auxiliar Administrativo de Administración General, Grupo D, que realizada su publicación en el BOJA y BOP de fecha 15.03.04, se observan la existencia de varios errores, que han hecho necesario sus modificaciones que se transcriben íntegras, para completar la primera publicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

BASES DE LA OPOSICION LIBRE PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACION GENERAL

DE ESTE AYUNTAMIENTO (SECRETARIA E INTERVENCION)

Corrección de errores:

- Base 4.1:

"4.1. El Tribunal calificador quedará formado como sigue, teniendo todos y cada uno de sus componentes voz y voto:

Presidente: El Alcalde de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

Un representante de los Funcionarios de Admón. Local con Habilitación de carácter Nacional y su sustituto, nombrados por el presidente de la Corporación.

Un miembro de la Corporación que pertenezca a Grupo Político distinto al de la Alcaldía y sustituto designado por la Junta de Gobierno Local.

Un funcionario de carrera y suplente de superior categoría a la plaza convocada, designados por el Presidente de la Corporación.

El funcionario de carrera, don Juan Rico López, en representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y como suplente el Sr. don Miguel Miranda Carranza.

La determinación de los miembros del Tribunal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, junto con la relación provisional de admitidos y excluidos."

- Base 4.6:

"4.6. El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el RD 896/1991, de 7 de junio, y RD 364/1995, de 10 de marzo, las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurrieran a alguna de las sesiones el Presidente y/o el Secretario, se suplirán por las personas en quien éstos deleguen. Asimismo, cuando un Vocal no pueda asistir a alguna sesión, deberá comunicárselo a su suplente con la suficiente antelación al objeto de que asista a la misma."

- Base 4.9:

"4.9. El Tribunal calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas en orden a la mejor realización y desarrollo de las pruebas selectivas, no podrá establecer pruebas adicionales y en casos de empate, se resolverán por sorteo. El Tribunal adoptará, en lo posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes."

- Base 7.6:

"7.6. El Tribunal calificador aprobará como máximo a uno de los aspirantes, dado que es solo una, la plaza vacante

convocada y pendiente de cubrir, previamente se cerciorará del cumplimiento, por el aprobado de todos los requisitos

personales y documentales exigidos en la convocatoria."

Cogollos de la Vega, 25 de marzo de 2004

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