Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 9 de diciembre de 2003, por la que se amplía la de 24 de septiembre de 2002, para regular los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por la Consejería.

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Mediante la Orden de 24 de septiembre de 2002 de esta Consejería de Justicia y Administración Pública, publicada en el BOJA número 124, de 24 de octubre, se regularon los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por la Consejería, enumerándose en su Anexo dichos ficheros.

Dada la necesidad de incorporar nuevos ficheros automatizados al citado Anexo, gestionados igualmente por esta Consejería, se procede mediante la presente Orden a efectuar dicha incorporación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido concedidas,

D I S P O N G O

Artículo Unico.

Se modifica el Anexo de la Orden de 24 de septiembre de 2002, por la que se regulan los ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por la Consejería, en el sentido de incluir en el mismo los siguientes ficheros:

39. Gestión de historiales de clínica forense y patología forense de los Institutos de Medicina Legal.

40. Gestión de expedientes para los Equipos Técnicos de las Fiscalías de Menores.

41. Agenda de citaciones para reconocimientos médicos de los Institutos de Medicina Legal.

42. Permisos y licencias.

Disposición adicional primera. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos. Los ficheros relacionados en esta disposición serán notificados a la Agencia de Protección de Datos por la Secretaría General Técnica, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Disposición adicional segunda. Cancelación de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos. La Secretaría General Técnica procederá a la cancelación de la inscripción en el Registro General de Protección de Datos de los ficheros automatizados de datos de carácter personal que han sido suprimidos y no se encuentran en el Anexo a la presente Orden.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden. Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de diciembre de 2003

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública A N E X O

Número 39. Gestión de historiales de clínica forense y patología forense de los Institutos de Medicina Legal. Organo responsable: Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Usos y fines: Archivo y gestión de historiales clínicos de los Institutos de Medicina Legal, con detalle de episodios de clínica médico-forense y patología forense. Libros de registro, estadísticas e informes a los Organos Judiciales. Personas o colectivos origen de los datos: Intervinientes en causas judiciales, detenidos, cadáveres para peritación médica a petición de los correspondientes Organos Judiciales. Procedimiento de recogida de datos: Reconocimiento médico. Estructura básica del fichero: Para cada historial, DNI, nombre, apellidos, dirección, teléfono, fecha de nacimiento, profesión. Para cada episodio médico-forense, referencia del asunto judicial y los datos médicos específicos aprobados en los protocolos médico-forenses de acuerdo al tipo de episodio, antecedentes propios y familiares, datos del hecho en su caso, exploraciones médicas, días de curación, incapacidad y

hospitalización y secuelas. En los episodios de patología forense, datos procedentes de las autopsias o reconocimientos sin autopsia, igualmente de acuerdo a los protocolos

específicos vigentes para este tipo de episodios.

Cesión de datos: Los datos referidos en el apartado anterior, no podrán ser cedidos a unidades ajenas a la finalidad para los que son recogidos.

Servicio ante el que el afectado puede ejercitar sus derechos: Servicio de Informática de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Medidas de seguridad adoptadas: Nivel Alto.

Número 40. Gestión de expedientes para los Equipos Técnicos de las Fiscalías de Menores.

Organo responsable: Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Usos y fines: Archivo y gestión de expedientes de Menores en el marco de la informatización de las tareas de los Equipos Técnicos que asesoran a las Fiscalías de Menores. Informes y estadísticas.

Personas o colectivos origen de los datos: Menores para los que las Fiscalías de menores soliciten la intervención

facultativa de los Equipos Técnicos de Menores.

Procedimiento de recogida de datos: Verbal.

Estructura básica del fichero: Para la ficha del menor, DNI, nombre, apellidos, alias, dirección, teléfono, fecha de nacimiento, profesión. Los mismos datos para sus padres o tutores. Para cada expediente en el que esté imputado, datos correspondientes a la tramitación de dicho expediente,

citaciones, exploraciones, medidas cautelares, medidas

propuestas, medidas aplicadas judiciales y extrajudiciales y seguimiento de estas medidas hasta su finalización.

Cesión de datos: Los datos referidos en el apartado anterior, no podrán ser cedidos a unidades ajenas a la finalidad para los que son recogidos.

Servicio ante el que el afectado puede ejercitar sus derechos: Servicio de Informática de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Medidas de seguridad adoptadas: Nivel Medio.

Número 41. Agenda de citaciones para reconocimientos médicos de los Institutos de Medicina Legal.

Organo responsable: Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Usos y fines: Organización de los horarios de consultas y médicos forenses de los Institutos de Medicina Legal, para reconocimientos médicos.

Personas o colectivos origen de los datos: Intervinientes en causas judiciales y detenidos para peritación médica a

petición de los correspondientes Organos Judiciales.

Procedimiento de recogida de datos: Datos del asunto judicial. Estructura básica del fichero: Para cada citación, DNI, nombre, apellidos, teléfono, identificación codificada del asunto judicial y motivo.

Cesión de datos: Los datos referidos en el apartado anterior, no podrán ser cedidos a unidades ajenas a la finalidad para los que son recogidos.

Servicio ante el que el afectado puede ejercitar sus derechos: Servicio de Informática de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Medidas de seguridad adoptadas: Nivel Básico.

Número 42. Permisos y licencias.

Organo responsable: Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Usos y fines: Gestión de peticiones y seguimiento de permisos y licencias del personal de Justicia adscrito a la Junta de Andalucía.

Personas o colectivos origen de los datos: Funcionarios Administración de Justicia adscritos a la Junta de Andalucía. Procedimiento de recogida de datos: Servicio de Personal y del propio interesado.

Estructura básica del fichero: Nombre, apellidos, cargo, cuerpo, destino.

Cesión de datos: Los datos referidos en el apartado anterior, no podrán ser cedidos a unidades ajenas a la finalidad para los que son recogidos.

Servicio ante el que el afectado puede ejercitar sus derechos: Servicio de Informática de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Medidas de seguridad adoptadas: Nivel Básico.

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