Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 3 de diciembre de 2003, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se acuerda inscribir colectivamente, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz 65 inmuebles pertenecientes al Patrimonio Minero Industrial del antiguo distrito de Linares-La Carolina en Jaén.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 dela Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece entre ellos, los de "afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad", atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27 yla competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

El artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto

4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con los artículos 5.1 y 2 del citado Reglamento, el titular de la Dirección General de Bienes Culturales el órgano competente para incoar, tramitar y resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Los valores que justifican la inscripción de estos bienes culturales en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz son de carácter histórico, testimonial, paisajístico, científico y técnico como elemento relevante del proceso de explotación minera en la provincia.

El antiguo distrito minero Linares-La Carolina se localiza en Sierra Morena, al norte de la provincia de Jaén. Ya durante la Edad del Cobre y el Bronce hay constancia de la existencia de actividad minera en la zona, llegándose a la primera gran intensificación en época romana.

A mediados del siglo XIX se da una nueva etapa de alta producción del área, con nuevas técnicas extractivas, productivas y metalúrgicas. La actividad alcanza su mayor desarrollo y dinamismo a finales del XIX y comienzos del XX. Tras esta época expansiva, comienza a descender, cerrándose la última mina hacia 1991.

En este período de tiempo desde el siglo XIX hasta el XX, se construyeron edificios industriales, instalaciones auxiliares de maquinaria relacionadas con la minería y la metalurgia, principalmente del plomo, y con los sistemas de transporte y producción energética. Pozos, cabrias, casas de máquinas, chimeneas, fundiciones, escombreras, estaciones de ferrocarril, líneas ferroviarias, se extienden por este territorio, componiendo un paisaje particular y caracterizando la comarca.

La bibliografía especializada en el tema, da cuenta de la actividad minera y de la importancia de este patrimonio, reseñando los valores que posee la ingeniería y la arquitectura industrial, no sólo en el contexto andaluz y español, sino en el europeo y universal. Por otra parte, los elementos son referentes de la historia minera de la Sierra Morena andaluza, y de la historia económica y social. Este patrimonio es testimonio de unos procesos de producción particulares, de unas culturas del trabajo específicas y de unas formas de vida que dotaron a los sectores relacionados y a la zona en su conjunto de una personalidad muy definida, con unas pautas culturales y señas de identidad diferenciadas. La inscripción de estos inmuebles en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz supone un paso elemental en la salvaguarda de estos valores y además, constituye una

documentación fundamental para conocer nuestro pasado

histórico y nuestra realidad social.

III. La Dirección General de Bienes Culturales de la

Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía mediante Resolución de 11 de junio de 2002 (BOJA núm. 84, de 18 de julio de 2002), incoó el procedimiento para la inscripción con carácter genérico colectivo en el Catálogo General del

Patrimonio Histórico Andaluz de 65 inmuebles pertenecientes al Patrimonio Minero Industrial del antiguo distrito de Linares- La Carolina, en Jaén, al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con el apartado 2 del artículo 9 de la Ley1/1991 y el artículo 12 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto

19/1995, de 7 de febrero se cumplieron los trámites

preceptivos de audiencia a los Ayuntamientos de Bailén, Guarromán y Linares y a RENFE, de informe favorable de

institución consultiva (Comisión Provincial del Patrimonio Histórico de Jaén, de fecha 2 de julio de 2003), y de puesta de manifiesto a los interesados (para aquellos interesados cuyos datos se desconocen se procedió a la notificación mediante publicación en BOJA número 192, de 6 de octubre de

2003, y exposición en los tablones de edictos de los distintos Ayuntamientos donde radican los últimos domicilios conocidos). La Comisión Provincial del Patrimonio Histórico de Jaén con fecha 2 de julio de 2003 emite dictamen favorable al proceso de catalogación.

Durante el trámite de audiencia, presentó escrito de

alegaciones solicitando la nulidad del expediente incoado en lo referente a los inmuebles 56-55 y 25 don Francisco Redondo Cruz, en nombre y representación de la Delegación de

Patrimonio y Urbanismo de Extremadura y Andalucía de RENFE. En su escrito (fecha de recepción 19 de junio de 2003) reiterado posteriormente en la fase de la puesta de manifiesto del procedimiento (también por escrito de 8 de septiembre) se alega en primer lugar que, una vez comprobado el Inventario y Clasificación Jurídica de los Bienes adscritos a los servicios gestionados por RENFE, en relación con los bienes señalados con los números 56-55 y 25, se declara lo siguiente: 1) El inmueble núm. 56 (Línea de ferrocarril Linares-Linarejos-Los Salidos) pertenece a RENFE desde el PK 1/483 hasta el PK9/454, incluidos las estaciones de Arrayanes, Pozo-Blanco y Los Salidos; 2) el inmuebles núm. 55 (Estación de Pozo-Blanco) pertenece a RENFE, consta de vías, edificio de viajeros, accesos y edificios auxiliares; 3) el inmueble núm. 25

(Estación de Arrayanes) pertenece a RENFE, edificio de

viajeros y vías.

En cuanto a lo manifestado en esta primera parte de la

alegación ha de señalarse que en el inmueble núm. 56 se cataloga solamente la línea férrea, ya que, por otra parte, las estaciones de Arrayanes y Los Salidos ya no existen en la actualidad y la estación de Pozo Ancho, por RENFE reconocida como Pozo-Blanco, se inscribe con el número 55, coincidiendo los elementos descritos por una y otra parte (y que se

corresponde con lo denominado en la documentación técnica y en el listado publicado en la incoación como edificio de

estación, vía férrea, accesos y edificios auxiliares), de la mencionada vía lo que queda es el camino donde estaba

instalada la misma, recuperado actualmente como Vía Verde, ya que dicha vía como tal ya tampoco existe; respecto al

inmueble, la estación de Pozo Ancho, sí es necesario mencionar que según los datos catastrales y la consulta efectuada en la base de datos catastral SUR de la Consejería de Hacienda el 4 de julio de 2003 la propiedad de dicho inmueble pertenece a don Antonio Maldonado Martín. Por otra parte, en relación con el inmueble núm. 25, denominado por RENFE Estación de

Arrayanes, adscrita por este organismo también al inmueble núm. 56, destacar de igual modo que no existe en la

actualidad, y que en el listado publicado en la incoación se denomina a este inmueble Restauración porque se refiere al pozo con ese nombre, catalogándose solamente los bienes relacionados con la actividad minera (muelle de carga,

talleres y edificios auxiliares). El edificio de viajeros apuntado en la alegación no existe y el edificio de

locomotoras pertenecía a la compañía minera. En la actualidad, el inmueble señalado en el listado publicado en la incoación, según las consultas antes citadas, es propiedad de don Manuel Mármol Morillas.

Así mismo, se alega la falta de competencia de esta

Administración para incoar y tramitar el presente

procedimiento, indicando que la misma corresponde al

Ministerio de Educación y Cultura. A este respecto cabe indicar que el procedimiento que se ha seguido, de inscripción en el catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, se encuentra regulado en la Ley autonómica 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía y sus disposiciones de desarrollo; Ley que, como señala su exposición de motivos y artículo 1, tiene por objeto el desarrollo de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el

artículo 13, números 27, 28 y 29 de su Estatuto de Autonomía, de lo que se concluye que esta Administración tiene plena competencia para la tramitación y resolución del mencionado procedimiento. Procedimiento que al parecer es confundido por el alegante con el de declaración de bienes de interés

cultural, el cual está sometido a otro régimen jurídico distinto al que se ha aplicado en el presente supuesto y al que sería, en su caso, de aplicación el invocado artículo 11 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero.

Durante la puesta de manifiesto se recibe otra alegación firmada por don Enrique Ruiz Jiménez en representación de Canaria Andaluza de Promociones (20 de agosto de 2003), señalando que los bienes que se pretenden catalogar sitos en la finca de su propiedad tienen aún vigente la concesión por lo que todavía puede aprobarse un plan de labores minero y comenzar la explotación, lo que puede dar lugar a la

modificación de los elementos de extracción y edificaciones anexas, haciendo imposible la consecución pretendida. También se señala que las edificaciones y utensilios mineros están en absoluto estado de deterioro, ruina y abandono lo que hace imposible su conservación y mantenimiento. Por todo ello, se opone a la catalogación, refiriendo que existen en otros lugares del distrito minero restos mejor conservados y

suficientemente representativos de su historia minera.

En relación con esta alegación se considera que el hecho de que aún siga vigente la concesión por la que puede aprobarse un plan de labores minero y comenzar una nueva fase de

explotación no tiene por qué ser perjudicial para los

inmuebles referidos, que el uso de unos elementos no tiene por qué derivar en un problema de conservación y que puede ser totalmente compatible el uso de unos bienes con su protección. De acuerdo con este planteamiento, la hipotética utilización y reforma de estos inmuebles no está prohibida, sino que, en caso de acometerse, debe hacerse conforme a los criterios técnicos de la Administración Cultural y a los efectos

administrativos de la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por otra parte, se muestra el desacuerdo en relación con la visión sobre las ruinas de un bien expuesta en esta alegación, en cuanto que el criterio fundamental es su significación histórica y la referencia que supone para entender una forma de vida determinada.

Terminada la instrucción del procedimiento y según lo

dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la inscripción colectiva con carácter genérico, en el Catálogo del Patrimonio Histórico Andaluz de

65 inmuebles pertenecientes al Patrimonio Minero Industrial del antiguo distrito de Linares-La Carolina, en Jaén.

Por lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Inscribir colectivamente con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz 65 inmuebles pertenecientes al Patrimonio Minero Industrial del antiguo distrito de Linares-La Carolina, en Jaén, cuya identificación y descripción figuran como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. Instar la inscripción de los inmuebles catalogados en el Registro de inmuebles catalogados o catalogables que obligatoriamente deben llevar las Comisiones Provinciales de Urbanismo.

Tercero. Que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sirviendo, además, dicha publicación de notificación, a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la

Ley/1999, de 13 de enero, para los interesados desconocidos en este procedimiento.

Contra esta Resolución, que no es definitiva en la vía

administrativa, cabrá interponer recurso de alzada, de

conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación.

Sevilla, 3 de diciembre de 2003.- El Director General, Julián Martínez García.

A N E X O S

I. Identificación.

Denominación: 65 inmuebles pertenecientes al Patrimonio Minero Industrial del antiguo distrito de Linares-La Carolina. Localización: Términos municipales de Bailén, Guarromán y Linares (Jaén).

II. Descripción.

Inmueble núm. 01.

Pozo El Correo (Ba-01). Bailén.

Otras denominaciones: Cabria Hysern.

X: 436.380; Y: 4.217.692.

El inmueble consta de un pozo y una cabria de mampostería de grandes proporciones.

Inmueble núm. 02.

La Esmeralda (Ba-02). Bailén.

X: 437.547; Y: 4.219.619.

Se compone de una casa de máquina de extracción, una chimenea, cabria-castillete de acero, construcciones y edificios

auxiliares y asientos de embarcadero automático. Fue

construida por Ensidesa, siendo la última cabria-castillete instalada en el distrito.

Inmueble núm. 03.

Pozo núm. 3 (Ba-03). Bailén.

X: 436.194; Y: 4.220.030.

El inmueble consta de un pozo a dos niveles, cabria, casas de máquinas de extracción y embarque automático. De especial singularidad, la cabria.

Inmueble núm. 04.

Pozo núm. 1 (Ba-04). Bailén.

X: 436.737; Y: 4.220.270.

El inmueble consta de cabria, casa de máquinas de extracción, restos de la máquina, sala de compresores, lavadero de

minerales, edificios auxiliares, dos grandes diques de

estériles de flotación y jaulas, y es el eje central de extracción y tratamiento de la Mina de la Cruz.

Inmueble núm. 05.

Pozo San José-Matacabras (Ba-05). Bailén.

X: 437.277; Y: 4.221.1357.

El inmueble consta de una cabria, castillete para bombas, casa de extracción, edificios auxiliares, restos de tornos de movimiento de bombas, de la máquina de extracción y embarque automático.

Inmueble núm. 06.

Pozo núm. 3 (Ba-06). Bailén.

X: 437.020; Y: 4.220.352.

El inmueble consta de una cabria y edificios auxiliares, y es el primer pozo en que comenzaron las labores de Minas de La Cruz.

Inmueble núm. 07.

San Diego (Ba-07). Bailén.

X: 436.946; Y: 4.220.940.

El inmueble consta de una cabria sencilla y el pozo del filón Matacabras-Igualdad.

Inmueble núm. 08.

Pozo núm. 5 (Ba-08). Bailén.

X: 437.681; Y: 4.220.727.

El inmueble consta de una cabria metálica, casa de máquinas de extracción, restos de la máquina y edificios auxiliares. Es el pozo del filón de El Cobre-Cerro Hueco.

Inmueble núm. 09.

San Luis (Gu-01). Guarromán.

X: 438.249; Y: 4.221.141.

El inmueble consta de una casa de máquina de extracción, restos de la máquina antigua y maquinaria moderna, chimenea, cabria metálica e instalaciones.

Inmueble núm. 10.

San Cayetano (Gu-02). Guarromán.

X: 443.971; Y: 4.225.142.

El inmueble consta de una cabria antigua, casa de extracción y restos de maquinaria. La cabria es del siglo XIX, fabricada en la Penryn Foundry and Engine Works de Sara y John Burgess de Cornwall, y funcionó desde 1851 hasta 1887.

Inmueble núm. 11.

Pozo núm. 3 (Gu-03). Guarromán.

X: 444.118; Y: 4.224.938.

El inmueble consta de una cabria metálica moderna, con tolva, también metálica, de descarga, y restos de edificios.

Inmueble núm. 12.

San Andrés (Gu-04). Guarromán.

X: 447.148; Y: 4.224.509.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo "Bull", única en el mundo, chimenea, conjunto de túneles de acceso a pozo, comunicación y humos, restos de edificios de preparación de mineral, construcciones auxiliares, restos de casa de calderas y polvorín.

Inmueble núm. 13.

Vctoria (Li-01). Linares.

X: 440.423; Y: 4.215.281.

El inmueble consta de una casa de maquina horizontal de extracción con caldera, chimenea y pozo. El pozo es el situado más al sur del distrito minero, desde su emplazamiento se observa la línea de chimeneas y casas que señalan el filón, con la fundición al fondo.

Inmueble núm. 14.

Santa Annie (Li-02). Linares.

X: 440.835; Y: 4.216.006.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo de

tipología Cornish con tejado curvo de chapa ondulada de acero, casa para tres calderas, restos de casa de máquina de

extracción, foso de contrapeso, asentamiento de máquinas auxiliares exteriores e instalaciones auxiliares.

Inmueble núm. 15.

San Federico (Li-03). Linares.

X: 440.960; Y: 4.216.227.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, del tipo Cornish, con tejado curvo de chapa ondulada de acero, casa para dos calderas, chimenea, resto de asentamiento de

compresor, construcción auxiliar, pozo maestro y de

contrapeso.

Inmueble núm. 16.

El Fin (Li-04). Linares.

X: 439.363; Y: 4.216.654.

El inmueble consta de una casa de bombeo del tipo Cornish de tejado curvo, chimenea, restos de casa de calderas y de casa de extracción.

Inmueble núm. 17.

San José (Li-05). Linares.

Otras denominaciones: Cañada Incosa.

X: 440.202; Y: 4.218.054.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, otra de extracción, restos de la casa de calderas, de escombreras y de construcciones auxiliares, y chimenea.

Inmueble núm. 18.

Barings (Li-06). Linares.

Otras denominaciones: Las Angustias.

X: 440.784; Y: 4.219.283.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo tipo Cornish, restos de casa de calderas, base del asentamiento de la cabria, casa de máquina de extracción y chimenea.

Inmueble núm. 19.

San Adriano (Li-07). Linares.

X: 442.605; Y: 4.220.171.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, chimenea y restos de casa para dos calderas.

Inmueble núm. 20.

San Enrique (Li-08). Linares.

X: 442.674; Y: 4.220.315.

El inmueble consta de una casa de extracción, chimenea de base octogonal y cuerpo troncocónico, casa para máquina de

triturado y restos de casa de calderas.

Inmueble núm. 21.

San Francisco (Li-09). Linares.

X: 443.739; Y: 4.220.298.

El inmueble consta de casa de máquinas de bombeo, restos de casa para dos calderas, chimenea, restos de casa de máquina de extracción, casa de máquina de bobinado, casa para tres calderas, restos de escombrera.

Inmueble núm. 22.

San Judas (Li-10). Linares.

X: 443.944; Y: 4.220.661.

El inmueble consta de una casa de extracción, casa de

triturado, cañón de chimenea y restos de casa de calderas. Inmueble núm. 23.

Santo Tomás (Li-11). Linares.

X: 443.974; Y: 4.220.712.

El inmueble consta de casa de máquina de bombeo Cornish, casa de calderas, restos de casa de máquina de extracción y cañón de chimenea. Es un caso emblemático ya que albergó una máquina de vapor de 1,5 metros de diámetro de cilindro y una potente maquinaria de vapor para la extracción.

Inmueble núm. 24.

Acosta (Li-12). Linares.

X: 444.703; Y: 4.220.378.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, casa de máquina de extracción, chimenea, restos de casa de calderas y edificios auxiliares.

Inmueble núm. 25.

Restauración (Li-13). Linares.

X: 444.902; Y: 4.221.001.

El inmueble consta de restos del edificio para locomotoras, muelles de carga, talleres y edificios auxiliares.

Inmueble núm. 26.

San José (Li-14). Linares.

X: 445.263; Y: 4.221.879.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo Cornish, casa de máquina de extracción, chimenea, restos de casa de calderas, acceso de ferrocarril minero, restos de

construcciones auxiliares, restos de asentamiento de cabria y restos de escombrera.

Inmueble núm. 27.

Central Eléctrica (Li-15). Linares.

X: 445.251; Y: 4.221.941.

El inmueble consta de un edificio principal, accesos y

construcciones auxiliares.

Inmueble núm. 28.

San Guillermo (Li-16). Linares.

X: 445.421; Y: 4.220.259.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, restos de casa de extracción y de instalaciones de acondicionamiento de mineral.

Inmueble núm. 29.

Pozo Rico (Li-17). Linares.

X: 445.559; Y: 4.220.539.

El inmueble consta de un castillete metálico, instalación de raíles metálicos, chimenea, acceso y conexión con el pozo de San Vicente y restos de escombrera.

Inmueble núm. 30.

San Vicente (Li-18). Linares.

Otras denominaciones: La Minera.

X: 445.605; Y: 4.220.614.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, restos de la casa de la máquina de bombeo, de dos casas de máquina de extracción (vapor y eléctrica), chimenea, edificios

auxiliares, dique de estériles de flotación y restos de casa para cinco calderas.

Inmueble núm. 31.

El Calvario (Li-19). Linares.

X: 446.059; Y: 4.221.344.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, restos de la casa de calderas y casa de extracción, así como construcciones auxiliares y chimenea.

Inmueble núm. 32.

Pozo núm. 0 (Li-20). Linares.

X: 445.949; Y: 4.221.539.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo Cornish, restos de la casa de extracción y de la de calderas, edificios auxiliares y una gran chimenea.

Inmueble núm. 33.

Lavadero (Li-21). Linares.

X: 445.667; Y: 4.222.065.

El inmueble consta de muros, contrafuertes, restos de

desniveles y de asentamientos de estructuras, construcciones auxiliares, accesos y restos de escombrera.

Inmueble núm. 34.

San Ignacio (Li-22). Linares.

X: 445.705; Y: 4.223.150.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, arranque de chimenea, restos de casa de calderas y de casa de

extracción, accesos, trazado de ferrocarril, asentamiento de cabria y casa de compresores.

Inmueble núm. 35.

Zulueta (Li-23). Linares.

X: 445.670; Y: 4.223.651.

El inmueble consta de una chimenea, restos de casa de

calderas, restos de casa de máquinas y accesos.

Inmueble núm. 36.

La Unión (Li-24). Linares.

X: 444.149; Y: 4.221.343.

El inmueble consta de una cabria-castillete metálica, casa de máquina de extracción con máquina eléctrica, capilla aneja, construcciones de antigua escuela y auxiliares.

Inmueble núm. 37.

Las Cadenas (Li-25). Linares.

X: 444.651; Y: 4.222.543.

El inmueble consta de una casa de máquinas de bombeo Cornish, chimenea adosada, restos de asentamiento de cabria alrededor del pozo cubierto y casa de máquina de extracción.

Inmueble núm. 38.

El Chaves (Li-26). Linares.

Otras denominaciones: Mina El Chaves.

X: 442.939; Y: 4.221.842.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, chimenea y restos de casa de máquinas de extracción.

Inmueble núm. 39.

San Rafael (Li-27). Linares.

X: 443.489; Y: 4.222.239.

El inmueble consta de casa de máquinas de bombeo Cornish, dos chimeneas, casa de calderas, restos de casas de extracción y triturado, brocal del pozo con muro de piedra y zona de escombrera.

Inmueble núm. 40.

Juanita (Li-28). Linares.

X: 443.651; Y: 4.222.680.

El inmueble consta de una chimenea, restos de casa de calderas y casa de extracción y asentamiento de cabria de mampostería.

Inmueble núm. 41.

Magdalena (Li-29). Linares.

Otras denominaciones: San Tragantón.

X: 441.965; Y: 4.222.865.

El inmueble consta de una chimenea y casa de máquina de extracción.

Inmueble núm. 42.

San Pablo (Li-30). Linares.

X: 441.718; Y: 4.223.166.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, casa de calderas, chimenea, casa de máquina de extracción y

construcciones auxiliares.

Inmueble núm. 43.

Santa Margarita (Li-31). Linares.

X: 441.228; Y: 4.224.041.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, casa de máquina de extracción, restos de casa de calderas, chimenea, escombrera, casas de mineros, polvorín y restos de lavadero. Inmueble núm. 44.

Rivero (Li-32). Linares.

Otras denominaciones: La Gitana.

X: 441.385; Y: 4.221.917.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, casa de máquinas de bombeo, chimenea, restos de casa de calderas y de casa de extracción, asentamiento de maquina de extracción, edificios auxiliares y escombrera.

Inmueble núm. 45.

Las Animas (Li-33). Linares.

X: 440.092; Y: 4.221.481.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, restos de edificios auxiliares y charca.

Inmueble núm. 46.

San Isidro 1.º y 2.ª (Li-34). Linares.

Otras denominaciones: La Comercial.

X: 440.290; Y: 4.221.045.

El inmueble consta de casa de máquinas de bombeo, casa de calderas, chimeneas, restos de casa de extracción,

construcciones auxiliares y restos de escombrera.

Inmueble núm. 47.

San Francisco 2.ª (Li-35). Linares

X: 440.403: Y: 4.220.670.

El inmueble consta de una cabria metálica sencilla, casa de máquinas de extracción, chimenea, restos de casa de calderas, edificios auxiliares y escombrera.

Inmueble núm. 48.

Santa Teresa (Li-36). Linares.

X: 439.752; Y: 4.220.801.

El inmueble consta de una casa de máquinas de bombeo y restos de emplazamiento de maquinaria de preparación del mineral.

Inmueble núm. 49.

Los Ministros (Li-37). Linares.

X: 439.233; Y: 4.221.262.

El inmueble consta de una casa de maquina de bombeo Cornish, chimenea, restos de casa de calderas, casa de máquina de extracción, edificios auxiliares, charca, cabria de

mampostería del pozo cercano Los Esclavos, dique de estériles y escombrera.

Inmueble núm. 50.

Pozo B (Li-38). Linares.

Otras denominaciones: Adaro.

X: 438.358; Y: 4.220.531.

El inmueble consta de una cabria de mampostería, edificio de laboratorio, edificios adyacentes, accesos y explanadas.

Inmueble núm. 51.

Linarejos (Li-39). Linares.

X: 441.355; Y: 4.220.349.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, casa de extracción, cabria de mampostería con contrafuertes en su base, edificios auxiliares y charca.

Inmueble núm. 52.

Reina (Li-40). Linares.

X: 441.517; Y: 4.220.882.

El inmueble consta de una casa de máquina de bombeo, cabria de mampostería y construcción auxiliar.

Inmueble núm. 53.

Estación de Madrid (Li-Fer-01). Linares.

X: 444.759; Y: 4.217.360.

El inmueble consta del edificio de la estación, andén

posterior de fundición, nave de carga, antiguo edificio de aseos, valla perimetral y accesos, restos de trazado de vía férrea, vagón automotor, edificio adosado de antigua estación con vértice geodésico y referencia de altitud, edificios depósito de máquinas, casillas y viviendas.

Inmueble núm. 54.

Muelle de carga de la estación de Madrid (Li-Fer-02). Linares. X: 444.700; Y: 4.217.350.

El inmueble consta de la nave de piedra que ha sido sede de la escuela taller encargada de su recuperación y accesos.

Inmueble núm. 55.

Estación Pozo Ancho (Li-Fer-03). Linares.

X: 444.185; Y: 4.220.892.

El inmueble consta de edificio de estación, vía férrea, accesos y otros edificios auxiliares.

Inmueble núm. 56.

Línea de ferrocarril Linares-Los Salidos (Li-Fer-04). Linares. X: 445.142; Y: 4.217.728 (Inicio tras Santuario Virgen de Linarejos).

X: 445.623; Y: 4.220.487 (Cruce en Pozo Rico).

X: 444.014; Y: 4.220.869 (Cruce con acceso a La Cruz).

X: 441.288; Y: 4.219.012 (Final en cruce con Carretera de Baños).

El inmueble consta de la línea férrea.

Inmueble núm. 57.

Fundición La Tortilla (Li-Met-01). Linares.

X: 441.652; Y: 4.217.340.

El inmueble consta de naves de cubierta curva de chapa

ondulada, torre de perdigones, edificios e instalaciones industriales y de hornos, accesos de ferrocarril, restos de conducción de humos, restos de construcciones auxiliares y chimeneas en el interior de la fundición.

Inmueble núm. 58.

Torre de Perdigones La Tortilla (Li-Met-02). Linares.

X: 441.706; Y: 4.217.435.

El inmueble consta de una torre de perdigones con tejado curvo de chapa ondulada de acero y nave anexa.

Inmueble núm. 59.

Chimeneas La Tortilla (Li-Met-03). Linares.

X: 441.916; Y: 4.217.855.

El inmueble consta de dos chimeneas de tramo de base de mampostería y tramos superiores de ladrillo y restos de conductos.

Inmueble núm. 60.

Chimeneas La Esperanza (Li-Met-04). Linares.

X: 441.021; Y: 4.219.873.

Chimenea y restos de construcciones auxiliares.

Inmueble núm. 61.

Chimeneas Fundición de Arroyo Hidalgo (Li-Met-05). Linares. X: 442.549; Y: 4.222.453.

Chimenea de base ancha y chimenea de cañón estrecho.

Inmueble núm. 62.

Torre de Perdigones La Cruz (Li-Met-06). Linares.

X: 444.443; Y: 4.221.921.

Torre de perdigones con estructura de barras y asentamiento de mampostería, naves de munición, naves de talleres

electromecánicos, portada de entrada con cartela e inscripción de 1830, edificios auxiliares y poblado con casas de tipo colonial.

Inmueble núm. 63.

Chimenea La Cruz (Li-Met-07). Linares.

X: 444.896; Y: 4.222.787.

El inmueble consta de una chimenea de evacuación de humos, restos de conductos de evacuación de humos, casa de

ventilación forzada y charca.

Inmueble núm. 64.

Fundición San Luis (Li-Met-08). Linares.

X: 446.123; Y: 4.220.165.

El inmueble consta del edificio principal, edificios

auxiliares, chimenea, restos de hornos y de otras

construcciones auxiliares y la explanada.

Inmueble núm. 65.

Fundición La Constancia (Li-Met-09). Linares.

X: 444.876; Y: 4.216.910.

El inmueble consta del edificio principal, el anejo y la cancela.

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