Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 10/05/2004

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE PECHINA

ANUNCIO sobre corrección de errores de las bases que se citan (BOJA núm. 69, de 8.4.04).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don José Manuel Moreno Díaz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Pechina (Almería).

Hago saber: que habiéndose observado error en la Resolución de la Alcaldía de 11.2.2004, referente a anuncio de Bases para la provisión de una plaza de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Pechina, publicadas en el BOJA núm., de 8 de abril de 2004 y en el BOP núm., de 1 de abril de 2004, se ha dictado Resolución de la Alcaldía aprobando corrección de errores, que copiada literalmente dice:

RESOLUCION DE LA ALCALDIA

En relación con Resolución de la Alcaldía 11.2.2004, referente a anuncio de Bases para la provisión de una plaza de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Pechina, publicadas en el BOJA núm., de 8 de abril de 2004, y en el BOP núm., de 1 de abril de 2004, se han observado los siguientes errores:

- En el punto primero de la Resolución se dice: "Primero: convocar las pruebas selectivas para proveer por el procedimiento de oposición libre, una plaza de la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía, Grupo C, (Grupo D conforme a la Disposición Transitoria Primera de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía)." Debe de decir lo siguiente: "Primero: convocar las pruebas selectivas para proveer por el procedimiento de oposición libre, una plaza de la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía, Grupo C.".

- En la Base 4.1. y 10.1 respectivamente establece el plazo de veinte días naturales, para la presentación de solicitudes, debe decir "plazo de veinte días hábiles".

- En la Base 13, último párrafo donde dice "cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, el Ayuntamiento decidirá si se da opción a que el alumno repita el curso siguiente..." debe decir "cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente".

En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 21.1.g) de la Ley 7/85, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su nueva redacción dada por la Ley 11/1999, por la presente vengo a resolver:

Primero. Aprobar las correcciones de errores anteriormente transcritas y referentes a la Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Policía Local del Ayuntamiento de Pechina.

Segundo. Que se publique esta corrección de errores en el BOP y en el BOJA.

Lo manda y firma S. S.ª el Alcalde Presidente don José Manuel Moreno Díaz, en Pechina a 16 de abril de 2004, ante mí la Secretaria M.ª Isabel Carrillo Goy.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Pechina, 19 de abril de 2004.- El Alcalde, José Manuel Moreno Díaz.

Descargar PDF