Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2004, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir un puesto de trabajo de libre designación.

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley

6/85, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, esta Delegación del Gobierno, en virtud de las competencias que tiene delegadas por la Orden de

30 de junio de 2004 (BOJA núm. 140, de 19.7), anuncia la provisión de un puesto de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en Anexo a la presente Resolución.

Segunda. Podrán participar en la presente convocatoria aquellos funcionarios que reúnan los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el Anexo que se acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno y serán presentadas en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Registro General de la Delegación del Gobierno en Cádiz, sita en Plaza de España, 19, ello sin perjuicio de lo establecido por el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. En la instancia figurarán los datos personales y el puesto que se solicita, y deberá ir acompañada de un "curriculum vitae" en el que se harán constar el número de registro de Personal, el Cuerpo de pertenencia y destino actual, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, años de servicio, grado personal consolidado, estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido de los puestos que se solicitan.

3. Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas.

Cuarta. Con carácter previo se recabará informe de la Dirección General de la Función Pública, cuando el funcionario proceda de otras Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la disposición transitoria segunda de la Ley

6/85, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Quinta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, la solicitud formulada será vinculante para el peticionario y el destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

La toma de posesión se efectuará en los términos establecidos en el artículo 51 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 29 de diciembre de 2004.- El Delegado del Gobierno, José A. Gómez Periñán.

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