Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 14/06/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS PALACIOS Y VILLAFRANCA

ANUNCIO de bases.

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Por Decreto de Alcaldía número 996/2005, de 17 de mayo de

2005, se han aprobado las Bases y Convocatorias de diversas plazas de la plantilla de funcionarios y personal laboral fijo de esta Corporación, cuyo texto es el que sigue:

I. Normas generales.

Primera. Se convocan para cubrir en propiedad las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos de estas Bases Generales.

Estas plazas pertenecen a la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral, de esta Corporación y están dotadas de los haberes correspondientes al grupo de clasificación que igualmente se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente, sin perjuicio de que por el puesto que ocupe le sea de aplicación otro de acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Segunda. La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes y, en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto

781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto

896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de la Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Promoción interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguentes requisitos:

A) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

B) Tener cumplidos 18 años de edad.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas.

E) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

F) Estar en posesión o condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria.

G) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes.

Cuarta. Los requisitos establecidos en la base tercera, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse en último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

III. Solicitudes.

Quinta. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancias que les serán

facilitadas por el Negociado de Personal de este Ayuntamiento, sito en la Plaza de Andalucía núm. 6 de esta localidad, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente y presentada en el

Registro General de Documentos de esta Corporación, con justificante de ingreso en la Tesorería Municipal de la cantidad correspondiente a los derechos de examen, que se fija en 50 euros, o en defecto se acompañará el resguardo del giro postal o telegráfico de su abono. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la

publicación de un extracto de estas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntarán a las mismas, en las convocatorias en que figure la fase de Concurso en sus anexos respectivos, relación detallada de los méritos y justificantes de los mismos por parte de los

solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta, ni valorados, aquellos méritos aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo referido. Los documentos aportados en la fase de Concurso habrán de ser originales o fotocopias debidamente compulsadas.

IV. Admisión de los candidatos.

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este

Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la

Provincia de Sevilla resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos, y en su caso causa de no admisión.

5. Régimen General de la Seguridad Social. Ambito. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores: altas, bajas, formas de practicarse y plazos. Cotización: bases y tipos.

Recaudación: aplazamiento y fraccionamiento del pago de cuotas, recaudación en período voluntario y en vía ejecutiva.

6. Régimen General de la Seguridad Social. Contingencias protegibles. Régimen general de las prestaciones. Incapacidad temporal: concepto, prestación económica, beneficiarios, nacimiento, duración, extinción y pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Maternidad: situaciones protegidas, beneficiarios, prestación económica, pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Riesgo durante el embarazo: situación protegida, prestaciones económicas. Invalidez: concepto, clases y prestaciones. Jubilación. Desempleo. Muerte y

supervivencia. Prestaciones familiares por hijo a cargo.

Personal Laboral Fijo

ANEXO I

Plaza: Notificador Vigilante.

Número de plazas: 1.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la V.P.T.

Titulación exigida: Graduado escolar, F.P.1 o equivalente.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: consistirá en realizar por escrito en el tiempo máximo de 2 horas, un ejercicio práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con el contenido de las materias específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: características y

estructura. La Reforma Constitucional. Principios

constitucionales y valores superiores en la Constitución.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes

Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado:

composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. El Derecho Administrativo: Concepto. Las Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la

Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

7. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

Materias específicas

1. Edificios y Servicios Municipales: localización, Callejero Municipal y otros edificios administrativos y emblemáticos.

2. El acto administrativo: concepto y clases. Los elementos del acto administrativo. Motivación, notificación y

publicación de los actos.

3. El acto administrativo: la obligación de resolver. El acto presunto.

4. La eficacia del acto administrativo: principios generales. Efectividad del acto administrativo. Procedimientos de

ejecución. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos.

5. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revocación. La revisión de oficio.

6. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios rectores.

7. El Administrado: concepto y clases. Los interesados en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Los derechos del ciudadano y el régimen de la actividad de las

Administraciones.

8. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La estructura del procedimiento. Iniciación, ordenación,

instrucción y finalización.

ANEXO II

Plaza: Auxiliar Administrativo.

Número de plazas: Dos.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la V.P.T.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1.º o equivalente.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: consistirá en una prueba de carácter práctico sobre procesador de textos Microsoft Word 2000, bajo entorno Windows XP, a desarrollar en el tiempo que indique el Tribunal

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias Comunes

1. La Constitución Española de 1978: características y

estructura. La Reforma Constitucional. Principios

constitucionales y valores superiores en la Constitución.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes

Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado:

composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. El Derecho Administrativo: Concepto. Las Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la

Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

7. El Personal al servicio de las Entidades Locales. La Función Pública Local: organización, selección y situaciones administrativas. El Personal Laboral.

Materias Específicas

1. Potestades de la Administración Local. Potestad normativa: Reglamentos, Ordenanzas y Bandos. Competencias de los Entes Locales: materias en las que puede asumir competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

2. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

3. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Requisitos en la presentación de Documentos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho de acceso a Archivos y Registros Públicos.

4. Los Presupuestos Locales: estructura y tramitación. Régimen jurídico del gasto público local.

5. El acto administrativo: concepto y clases. Los elementos del acto administrativo. Motivación, notificación y

publicación de los actos

6. El Administrado: concepto y clases. Los interesados en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. Los derechos del ciudadano y el régimen de la actividad de las

Administraciones.

7. Los recursos administrativos: concepto y principios

generales. Clases de recursos.

8. La ofimática y la informática en las Administraciones Públicas. Especial referencia al tratamiento de textos y a las Bases de Datos.

ANEXO III

Plaza: Auxiliar Administrativo Informática.

Número de plazas: una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Graduado escolar, FP 1 o equivalente.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar, en el tiempo que indique el Tribunal, un ejercicio práctico propuesto por el mismo, relacionado con el contenido de las materias

específicas del programa de la convocatoria.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Materias Comunes

1. La Constitución Española de 1978: características y

estructura. La Reforma Constitucional. Principios

constitucionales y valores superiores en la Constitución.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes

Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado:

composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. El Derecho Administrativo: Concepto. Las Fuentes del Derecho Administrativo. Principios de actuación de la

Administración Pública. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho.

4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales.

5. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y funcionamiento de la Administración Local: el Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. Junta de Gobierno Local. Organos complementarios.

Materias específicas

1. Introducción a la informática. Definición y origen.

Elementos y conceptos fundamentales.

2. La Información y su representación. Sistemas de numeración. Conversión entre sistemas.

3. Unidades funcionales del ordenador. Conceptos y tipos.

4. Soportes de información y periféricos. Conceptos y tipos.

5. Redes de transmisión de datos y protocolos de

comunicaciones. Conceptos y tipos.

6. Sistemas operativos. Definición, evolución y esquema general.

7. Sistemas operativos Windows en sus diferentes versiones. Entorno de trabajo y funcionalidad.

8. Bases de datos. Organización de archivos. Servidores de bases de datos. Modos de acceso y seguridad.

9. Paquetes de Software integrado. Microsoft Office.

10. Intranet e Internet. Conceptos y configuraciones.

ANEXO IV

Plaza: Peón Mantenimiento.

Número de plazas: una.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Complemento específico: el establecido en la V.P.T.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: Consistirá en la exposición oral, durante un período máximo de quince minutos, de una memoria en que el aspirante determine la actuación que a su criterio es propia del puesto que aspira a ocupar y realice una definición, planificación y evaluación de las tareas que le pueden ser propias y los medios técnicos a utilizar. Los aspirantes dispondrán de un período de 5 minutos para elaborar el esquema de la posterior exposición

Terminada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante y formular diversas preguntas relacionadas con el diario desempeño de las tareas propias del cargo a que aspira, debiendo contestar a su libre criterio.

Segundo ejercicio: Consistirá en realizar el o los supuestos prácticos que determine el Tribunal, en el tiempo que el mismo indique, en relación al contenido de la plaza.

Tanto la fase de concurso como la de oposición, se calificarán conforme a lo establecido en las bases undécima y duodécima de las Generales que rigen la convocatoria.

Lo que se hace público para general conocimiento. En Los Palacios y Villafranca, 17 de mayo de 2005.- El Alcalde- Presidente, Antonio Maestre Acosta. Séptima. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a aquél en que se haga pública dicha lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

Octava. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración social de los Minusválidos y en la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con discapacidad en Andalucía, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de Funcionarios de carrera y Personal Laboral, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el

desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o períodos en prácticas, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los

interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

V. Tribunales.

Novena. Los Tribunales calificadores de los ejercicios y méritos de los aspirantes, a que se contraen las distintas convocatorias, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, quedará compuesto de la siguiente manera:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Dos Técnicos o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- Dos representantes designados por la Junta de Personal del Ayuntamiento, si la plaza es de personal funcionario, o por el Comité de Empresa, si la plaza es de personal laboral.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Todos los componentes del Tribunal tendrán voz y voto.

Asimismo a todos los miembros se les asignará un suplente y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallen previstos en las Bases.

En caso de que no se halle presente el Presidente o su

suplente, asumirá las funciones del mismo, el Vocal de mayor edad. El Vocal de menor edad sustituirá al Secretario, en caso de ausencia de éste o de su suplente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlo, cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal respectivo, no podrá aprobar ni declaran que han superado las pruebas selectivas un número superior de

aspirantes al de las plazas convocadas.

Todos los miembros del Tribunal tendrán derecho a la

percepción de asistencia, en la forma y cuantía señaladas en la legislación vigente.

El Tribunal respectivo, en las pruebas que se consideren convenientes, podrá recabar la colaboración de asesores en la materia de que se trate. Tales asesores actuarán con voz pero sin voto.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Décima. El calendario de inicio de las pruebas, hora y lugar de realización, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45. días. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en el Tablón de Edictos de la Corporación

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal.

Para la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el aspirante cuyo primer apellido, y según la lista de admitidos

alfabéticamente ordenada, comience por la letra "A". Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzara por la letra indicada, actuaría en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por la letra del alfabeto inmediatamente siguiente.

VII. Sistema de calificación.

Undécima. Fase oposición.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes, si así lo decide el Tribunal calificador, serán obligatorios, eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Si en alguno de los temas o partes que contengan los

ejercicios al aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando por tanto eliminado.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. Se despreciarán las notas máximas y mínimas,

eliminándose solamente una de cada una de ellas, cuando éstas fueran varias.

La calificación de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal entre el número de los mismos cuyas calificaciones no hayan sido despreciadas.

El sistema de calificación general no regirá para aquellas pruebas en cuyos anexos se establezca otro distinto.

La puntuación total de la fase de oposición será la resultante de la suma de las calificaciones obtenidas por los aspirantes aprobados en todos y cada uno de los ejercicios.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Fase concurso. En aquellas convocatorias en que así se

determine en sus anexos respectivos, esta fase será como a continuación se indica, salvo que en los anexos se

estableciera una fase de concurso diferente, y se valorará conforme al siguiente baremo:

1. Titulaciones académicas.

Por poseer título académico relacionado con el puesto que se concursa, aparte de la exigida para acceder al grupo que pertenece, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma

siguiente:

- Titulación máxima dentro de la rama, profesión o

especialidad: 1,50 puntos.

- Segundo nivel de titulación con las características

anteriores: 0,75 puntos.

- Tercer nivel de titulación con las características

anteriores: 0,50 puntos.

A estos efectos de equivalencia de titulación, sólo se

admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter general y válidos a todos los efectos.

No se valorarán como méritos, títulos académicos

imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior a que se aleguen.

2. Cursos y Seminarios.

Por la participación en Cursos y Seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,50 puntos, en la forma siguiente:

- Cursos hasta 9 horas: 0,10 puntos.

- Cursos de 10 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 300 horas: 0,75 puntos.

- Cursos de más de 300 horas: 1,00 punto.

Si el curso se hubiera impartido por un organismo oficial (adicionales): 0,20 puntos.

3. Prestación de servicios en Administraciones Públicas.

Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, en la forma

siguiente: por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses prestados en las Administraciones Públicas: 0,25 puntos.

4. Experiencia.

La experiencia en las mismas áreas de conocimientos

correspondientes a la del puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 4 puntos, de la forma siguiente:

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en cualquiera de las Administraciones Públicas: 0,75 puntos.

- Por cada año de servicios o fracción superior a 6 meses, en la empresa privada: 0,40 puntos.

5. Publicaciones, conferencias, cursos, seminarios, etc.

Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos otros méritos, tales como publicaciones o conferencias, cursos, seminarios, etc., siempre y cuando estén relacionados con las funciones asignadas al puesto a desempeñar.

En ningún caso la valoración total de los méritos de

conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de Oposición.

El Tribunal sólo podrá valorar aquellos méritos que hayan sido alegados previamente por los aspirantes en la relación

adjuntada a la instancia en la que solicitan tomar parte en la convocatoria.

- Para los cursos y seminarios: diploma o certificación de asistencia expedido por Centro u Organismo oficial.

- Para los servicios prestados en Administraciones Públicas: certificación expedida por funcionario competente.

- Para los servicios prestados en empresas privadas: contrato de trabajo y certificado de cotización a la seguridad social.

Aquellos méritos de entre los alegados, que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en esta Base, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal calificador.

Resuelta esta fase, se publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación el resultado de la misma, detallándose la

puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes que

hubiesen superado la fase previa de Oposición.

VII. Puntuación final y propuesta de selección.

Duodécima. Finalizada la fase Oposición y Concurso, el

Tribunal hará pública en el Tablón de Edictos de la

Corporación, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, sumadas a la puntuación de la fase de Concurso, así como la propuesta de nombramientos a favor del aspirante/s, sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Seguidamente el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, para su nombramiento.

IX. Presentación de documentos y nombramientos.

Decimotercera. El aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base duodécima, los documentos

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan en su caso, en cada uno de los Anexos. El cumplimiento del requisito C) de la base tercera habrá de acreditarse a través del certificado médico correspondiente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar plaza, no podrán ser nombrados o formalizar el correspondiente contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos o personal laboral fijo de este Ayuntamiento, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento.

Cumplidos los anteriores trámites, el Presidente de la

Corporación resolverá el nombramiento o contratación a favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente al que sea notificado.

En aquellos casos en que el aspirante no tomara posesión en el plazo indicado, no reuniese los requisitos exigidos para ocupar la plaza, o no superase los respectivos cursos de formación, cuando así se establezca, perderá su derecho a la plaza, formulándose nueva propuesta en la forma prevista, a favor del aspirante que, habiendo superado todos los

ejercicios, figure en el puesto inmediatamente inferior en el orden de calificación.

Decimocuarta. Los aspirantes a funcionarios, además de superar las pruebas de selección establecidas en la convocatoria respectiva, deberán superar los cursos de formación que se determinen para las plazas en que así se indique en los anexos de esas Bases Generales.

De dichos cursos de formación quedarán exentos aquellos aspirantes que acrediten las condiciones que se llegarán a especificar en los anexos respectivos a dichas plazas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal Calificador que pasen a realizar el curso de formación que se contenga en el anexo de las convocatorias en que así se determine estarán, en cuanto a su nombramiento, a lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quedando, en cuanto a materia de retribuciones a lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo previsto en los anexos de la convocatoria en que así se determinare, perderán el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera.

Quienes no pudieran realizar dicho curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social

sustitutoria, o por causa de fuerza mayor debidamente

justificada y apreciada por la Administración, podrán

efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Decimoquinta. Los aspirantes a convocatorias de personal laboral quedarán sujetos, desde la formalización de su

respectivo contrato de trabajo, a la normativa laboral, no alcanzando la condición de personal laboral fijo hasta la superación satisfactoria del periodo de prueba fijado en el Convenio Colectivo para personal laboral fijo.

X. Impuganción.

Decimosexta. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de

reposición en el plazo de un mes a contar de la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime pertinente.

Contra las actuaciones del Tribunal se podrá formular recurso de Alzada ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a que se haga pública su actuación en el Tablón de Edictos de la Corporación, en los términos previstos en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99.

PERSONAL FUNCIONARIO

ANEXO I

Plaza: Técnico de la Administración General.

Número de plazas: una.

Perteneciente a la Escala de la Administración General, Subescala Técnica.

Grupo: A.

Nivel C.D.: 27

Sistema de selección: Oposición turno libre.

Complemento específico: el establecido en la VPT.

Titulación exigida: Licenciado en Derecho, en Ciencias

Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario, según el artículo 25 de la ley 30/84.

FASE OPOSICION

Primer ejercicio: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal, de las materias comunes y

específicas que se determinan en este Anexo.

Segundo ejercicio: consistirá en la resolución del supuesto o supuestos prácticos que determine el Tribunal, durante un plazo máximo de dos horas, relacionado con el contenido de las materias del programa de la convocatoria, pudiéndose consultar textos legales y utilizar máquinas de calcular no programadas.

En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la

resolución de los problemas prácticos planteados.

La fase de oposición, se calificará conforme a lo establecido en las bases undécima de las Generales que rigen la

convocatoria.

MATERIAS COMUNES Y ESPECIFICAS

I. Derecho Constitucional y Organización Administrativa

1. La Constitución española de 1978. Antecedentes. Proceso de elaboración. Características generales, sistemática y

estructura. Valor normativo. La reforma constitucional. La defensa jurídica de la Constitución.

2. Valores superiores y principios inspiradores de la

Constitución. Derechos y deberes fundamentales y las

libertades públicas en España. Garantías y restricciones.

3. El Estado Español en la Constitución. Estado de derecho. Estado social. Estado democrático. Modelo económico

constitucional. La participación social en la actividad del Estado, su inserción en los órganos de la Administración.

4. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Las funciones del Rey en relación con la Defensa Nacional. Sucesión y Regencia. El refrendo y sus formas. Títulos y honores de la Familia Real. La Casa Real: estructura y funciones.

5. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funcionamiento. Organos y funcionamiento de las Cámaras. La Función legislativa: aspectos básicos y

procedimiento. La función de control del gobierno. Organos dependientes: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

6. El Gobierno del Estado. Composición. Funciones: política, normativa y administrativa. Designación, remoción y

responsabilidades de sus miembros y de su Presidente.

7. La Administración General del Estado: órganos superiores y periféricos. La Administración Institucional: sus clases, supuestos de adecuación y rasgos diferenciadores. La

Administración Consultiva. La Administración Corporativa.

8. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y

competencias.

9. El Tribunal Constitucional: composición y funciones. Procedimiento de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales. Conflictos positivos y negativos entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí. Conflictos entre órganos constitucionales del Estado. Impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas.

10. La representación política en España: los partidos

políticos, bases doctrinales, régimen jurídico y estructura interna. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.

11. Organizaciones sindicales y empresariales en España. Principios fundamentales, régimen jurídico y estructura interna. Representación sindical y órganos de representación. Derechos sindicales, garantías. Participación en la

orientación política y social.

12. La organización territorial del Estado en la Constitución Española. Las Comunidades Autónomas: fundamento

constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.

13. La Administración Local: regulación constitucional. Tipología de los Entes Locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre

Administración Local. Legislación vigente en materia de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma Andaluza.

14. El Municipio: organización, competencias, elecciones municipales y regímenes especiales. El Consejo Andaluz de Municipios. La Provincia: organización, competencias, elección de los Diputados Provinciales y regímenes especiales. Las relaciones ente la Comunidad Autónoma Andaluza y las

Diputaciones Provinciales: Consejo Andaluz de Provincias.

15. La demarcación municipal de Andalucía. La modificación de términos municipales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las Entidades Locales Autónomas: constitución, régimen

jurídico, hacienda y extinción. Las Asociaciones Locales: las Mancomunidades; los Consorcios: los Convenios y otras

Asociaciones Locales. Las Areas Metropolitanas.

16. Funcionamiento de los Entes Locales. Potestades. Los bienes de las Entidades Locales. Las Haciendas Locales. Normas básica sobre contratación y personal al servicio de las Entidades Locales. Las relaciones de las Corporaciones Locales con la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma. La impugnación de actos, acuerdos y ejercicio de acciones.

II. Derecho Administrativo

1. La Administración Pública: concepto. El Derecho

Administrativo: concepto y contenidos. Tipos históricos de Derecho Administrativo. Sistemas administrativos comparados. La Administración inglesa. El sistema administrativo francés. La Administración de los Estados Unidos. El sistema

administrativo español.

2. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades regladas y

discrecionales: discrecionalidad y conceptos jurídicos

indeterminados. Límites de la discrecionalidad. Fiscalización de la discrecionalidad.

3. Las fuentes del Derecho Administrativo. El reglamento: titularidad de la potestad reglamentaria. Ambito material del reglamento. El procedimiento de elaboración de los

reglamentos. Eficacia del reglamento. Control de los

reglamentos ilegales y efectos de su anulación.

4. La relación jurídico-administrativa. Las personas jurídicas públicas: clases. Capacidad de las personas públicas.

5. El administrado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado. Derechos subjetivos e intereses legítimos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

6. La potestad organizadora de la Administración. Creación, modificación y supresión de los órganos administrativos. Clases de órganos. Especial referencia a los órganos

colegiados.

7. Los principios de organización administrativa: la

jerarquía, la descentralización, la descentración, la

coordinación y el control. La competencia y sus técnicas de traslación. Conflicto de atribuciones.

8. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos. Motivación y forma. Actos administrativos

convencionales.

9. Eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación:

contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

10. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

11. Disposiciones Generales sobre los procedimientos

administrativos y normas reguladoras de los distintos

procedimientos. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de

solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros

administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.

12. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

13. La coacción administrativa: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción

administrativa directa. La vía de hecho.

14. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.

15. Clases de recursos administrativos. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

16. La jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Organos de la jurisdicción y sus

competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso-administrativo.

17. El procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: recursos contra sentencias. La ejecución de las sentencias. Procedimientos especiales.

18. La potestad sancionadora: concepto y significado.

Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas

sancionadoras administrativas.

19. Régimen jurídico de los contratos de las Administraciones Públicas: contratos administrativos típicos, especiales y privados. Requisitos de los contratos. La Administración contratante: entes incluidos y excluidos del ámbito de la Ley de Contratos. El órgano de contratación. El contratista: capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.

20. La selección del contratista, actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de

adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato. La invalidez de los contratos.

21. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. La revisión de precios. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de los contratos y la subcontratación.

22. El contrato de obras. Actuaciones administrativas

preparatorias. Formas de adjudicación. Formalización. Efectos. Extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución de obras por la propia Administración.

23. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministros. Otros contratos administrativos típicos.

24. La expropiación forzosa. Concepto y naturaleza. Los sujetos: expropiante, beneficiario y expropiado. El objeto de la expropiación. La causa de la expropiación.

25. Procedimiento expropiatorio general. La declaración de utilidad pública o de interés general. La declaración de necesidad de la ocupación. El justo precio. El pago y la ocupación. La reversión. Expropiación por razón de urgencia. Los procedimientos especiales.

26. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

27. La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. El servicio público. Concepto. Evolución y crisis. Las formas de gestión de los servicios públicos.

28. Las otras formas de actividad administrativa. La actividad de policía: la autorización administrativa. La policía de la seguridad pública. Actividad de fomento: sus técnicas.

29. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión.

30. El patrimonio privado de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición, uso y enajenación.

31. Dominios públicos especiales. Aspectos esenciales de la regulación relativa a aguas, montes, minas, carreteras y costas.

III. Régimen Local

1. El Régimen Local: significado y evolución histórica. La Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. El principio de autonomía local:

significado, contenido y límites.

2. Las fuentes del Derecho Administrativo Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de régimen local. Las incidencias de la legislación sectorial sobre el régimen local.

3. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales:

Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.

4. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica.

5. La población municipal. El padrón de habitantes. El

estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

6. La organización municipal. Organos necesarios. El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Atribuciones y delegaciones.

7. La Comisión Especial de Cuentas. Los órganos

complementarios: Comisiones informativas, Consejos Sectoriales y otros órganos. Los grupos políticos: composición,

organización, financiación y funciones.

8. La participación vecinal en la gestión municipal. Los regímenes municipales especiales. El Concejo Abierto. Otros regímenes especiales.

9. Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios. Cláusula de capacitación general.

10. La provincia como Entidad Local. Conceptos y elementos. Organización. Competencias: especial consideración de la cooperación con los Municipios.

11. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y las Diputaciones Provinciales. Regímenes especiales. Las Islas: los Consejos y Cabildos insulares.

12. Otras Entidades Locales. Legislación básica y legislación autonómica. Entidades Locales de ámbito inferior al Municipio. Las comarcas. Las Mancomunidades de Municipios. Las Areas Metropolitanas.

13. El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de Concejales y Alcaldes. Elección de Diputados Provinciales y Presidente. Elección de Consejeros y Presidentes de Cabildos y Consejos Insulares.

14. La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. El recurso contencioso-electoral. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.

15. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de Documentos.

16. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. La revisión y revocación de los actos de los entes locales. Tramitación de expedientes. Los

interesados. Abstenciones y recusaciones. Recursos

administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.

17. Las relaciones interadministrativas. Principios.

Colaboración, cooperación y coordinación. La Comisión Nacional de Administración Local y las Comisiones Provinciales de colaboración del Estado con las Corporaciones Locales.

18. La cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades Locales. Los planes provinciales e insulares de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal y de red viaria local.

19. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones. La sustitución y la disolución de Corporaciones Locales.

20. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: clases y régimen jurídico. La Función Pública Local: clases de funcionarios locales. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: La oferta de empleo. Los planes de empleo y otros sistemas de

racionalización.

21. El acceso a los empleos locales. Principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. El régimen de provisión de puestos de trabajo. Sistema de provisión. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.

22. La relación estatutaria. Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales: especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de la Seguridad Social. Derechos colectivos. Sindicación y

representación. El derecho de huelga. La negociación

colectiva.

23. Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. La responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.

24. Los funcionarios de la Administración Local con

habilitación de carácter nacional: normativa reguladora. Subescalas y categorías. Funciones. Sistema selectivo. Régimen de provisión de puestos de trabajo: concursos ordinarios y unitario. Otras formas de provisión. El registro de

habilitados nacionales. Peculiaridades de los regímenes de situaciones administrativas y disciplinario.

25. Las formas de acción administrativa de las Entidades Locales. El fomento: estudio especial de las subvenciones. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones

administrativas: sus clases. La policía de seguridad pública.

26. La iniciativa económica de las Entidades Locales y la reserva de servicios. El servicio público en las Entidades Locales. Concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos locales. Las formas de gestión directa.

27. La concesión de servicios públicos. Concepto y naturaleza. Elementos. Potestades de la Administración. Derechos y

obligaciones del concesionario. Relaciones del concesionario con los usuarios. Extinción de la concesión. Otras formas de gestión indirecta de los servicios públicos. Los consorcios.

28. Los contratos de las Administraciones Locales.

Especialidades en relación con el régimen general de

contratación de las Administraciones Públicas. Las

atribuciones de los órganos de las Corporaciones Locales en materia de contrataciones.

29. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Los bienes de dominio público. Los bienes comunales. Bienes patrimoniales. Los montes vecinales en mano común.

30. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes. El inventario. Administración, disfrute y aprovechamiento de los bienes. La enajenación. La acción de desahucio.

IV. La Unión Europea

1. El proceso de integración europea: de las Comunidades Europeas a la Unión Europea, objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y los distintos Tratados

modificativos. La integración de España.

2. Las instituciones de la Unión Europea: el Consejo y la Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de las Comunidades. Otras instituciones. La dimensión regional de Europa. Comunidades Autónomas e instituciones europeas. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea.

3. El Derecho Comunitario: concepto y caracteres. Tipología de fuentes. Aplicación y eficacia del Derecho Comunitario en los países miembros. Las Comunidades Autónomas y el Derecho Comunitario.

4. Las libertades básicas del sistema comunitario. Libre circulación de mercancías y política comercial común. Libre circulación de personas y política social. Libre prestación de servicios. Libertad de circulación de capitales.

5. Políticas comunes. Política agrícola y pesquera. Política exterior y de seguridad común de las Comunidades Europeas. Otras políticas comunes. El Sistema Monetario Europeo. El Euro.

6. La política regional comunitaria. La cohesión económica y social: los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. Los demás instrumentos financieros. El Presupuesto de las Comunidades Europeas y sus fuentes de financiación.

V. Gestión Financiera

1. El Derecho Financiero: concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas Locales: criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.

2. Los recursos de las Haciendas Locales en el marco del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales: de los Municipios, las Provincias y otras Entidades Locales. La imposición y ordenación de tributos y el establecimiento de recursos no tributarios.

3. La gestión y liquidación de recursos. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos.

4. Régimen jurídico de la recaudación de las Entidades

Locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El

procedimiento de recaudación vía apremio.

5. La inspección de los tributos. Funciones y facultades. Actuaciones inspectoras. Infracciones y sanciones tributarias. Procedimiento de inspección tributaria. La inspección de los recursos no tributarios.

6. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

7. El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión

tributaria. El recargo provincial.

8. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

9. Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones

especiales.

10. La participación de los Municipios y de las Provincias en los tributos del Estado. Regímenes especiales. La cooperación del Estado a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de la Unión Europea para Entidades Locales.

11. El crédito local. Naturaleza jurídica. Finalidad y

duración. Competencia. Límites y requisitos para la

concertación de operaciones de crédito.

12. El Presupuesto General de las Entidades Locales.

Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación: especial referencia a las Bases de Ejecución del Presupuesto. La prórroga del Presupuesto.

13. Las modificaciones de crédito: concepto, clases y

tramitación.

14. Las fases de ejecución del Presupuesto. La liquidación del Presupuesto: confección y aprobación, los remanentes de crédito, el resultado presupuestario y el remanente de

tesorería.

15. Régimen jurídico de la Tesorería. Concepto y funciones. Organización. La planificación financiera.

16. La contabilidad de las Entidades Locales y sus Entes dependientes. Las instrucciones de contabilidad para

Administración Local. La cuenta general.

17. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus Entes dependientes: la función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, modalidades y los reparos. Los controles financieros, de eficacia y de eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimiento y los informes.

18. El control externo de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus Entes dependientes. El Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas. Las funciones fiscalizadora y jurisdiccional.

19. El Sistema Tributario estatal. Especial referencia a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Valor Añadido.

20. La financiación de las Comunidades Autónomas: principios generales. Recursos de las Comunidades Autónomas. Especial referencia a los tributos propios, tributos cedidos y Fondo de Compensación Interterritorial.

VI. Derecho Laboral

1. El Derecho del Trabajo: naturaleza y caracteres. Principios fundamentales que lo inspiran. Fuentes del Derecho del

Trabajo. El Estatuto de los Trabajadores: estructura, idea general de su contenido. Los Convenios colectivos: concepto, eficacia y tipología. Las ordenanzas de trabajo. Vigencia.

2. El contrato de trabajo: concepto y naturaleza. Las partes: capacidad para contratar. Modalidades del contrato de trabajo. Condiciones de trabajo: jornada, horario, descansos y

vacaciones anuales. El salario. Garantías del salario. El Fondo de Garantía Salarial. Modificación, suspensión y

extinción del contrato de trabajo.

3. Participación y régimen de representación del personal en la empresa. Los conflictos colectivos: concepto y clases. La huelga. El cierre patronal. Otros actos de presión colectiva. La Jurisdicción Social: órganos. El proceso ordinario.

Procesos especiales: especial referencia al proceso en materia de despido.

4. La Seguridad Social. Características generales del sistema español. Campo de aplicación. Estructura: regímenes

especiales. Acción protectora. La gestión de la Seguridad Social: entidades gestoras, servicios comunes y entidades colaboradoras.

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