Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 29/07/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº 2 DE VELEZ-MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 462/2003. (PD. 2855/2005).

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NIG: 2909441C20032000468.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 462/2003. Negociado: C.

Sobre: Acción declarativa para rectificac. del rtro e inscripc. de exceso de cabida.

De: Don Sebastián Pastor González.

Procuradora: Sra. Remedios Peláez Salido.

Contra: Doña Encarnación Ortega Páez y EMDHA, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 462/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga a instancia de Sebastián Pastor González contra Encarnación Ortega Páez y EMDHA, S.A., sobre acción declarativa para rectificac. del rtro e inscripc. de exceso de cabida, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Vélez-Málaga, a 10 de febrero de 2005.

Vistos por mí, Soledad Martínez-Echevarría Maldonado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Vélez-Málaga y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 462/2003, a instancias de don Sebastián Pastor González, representado por la Procuradora Sra. Peláez Salido y asistido por el Letrado Sr. Coín Ruiz, contra los herederos de doña Encarnación Ortega Páez y la mercantil EMDHA, S.A., declarados en situación procesal de rebeldía en los presentes autos.

F A L L O

Que desestimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Peláez Salido, en nombre y representación de don Sebastián Pastor González contra herederos de doña Encarnación Ortega Páez y la mercantil EMDHA, S.A., declarados en situación procesal de rebeldía, debo absolver y absuelvo a los expresados demandados de los pedimentos contra ellos dirigidos. Todo ello sin imposición de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes. Poniendo en su conocimiento que la presente no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Encarnación Ortega Páez y EMDHA, S.A., extiendo y firmo la presente en Vélez-Málaga a diecisiete de marzo de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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