Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 03/08/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 12 de julio de 2005, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del Centro docente privado de Formación Profesional Específica "Sigler" de San Fernando (Cádiz).

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Visto el expediente tramitado por doña María Encarnación Coto Rodríguez, titular del Centro Docente Privado de Formación Profesional Específica "Sigler", con domicilio en calle Real, núm. 116, de San Fernando (Cádiz), solicitando modificar la autorización de enseñanzas concedida por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 9 de octubre de 2001 (BOJA de 10 de noviembre), por reducción de seis ciclos formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: Dos de Educación Infantil, dos de Integración Social y dos de Documentación Sanitaria y ampliación de dos ciclos formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior de Animación Sociocultural y dos ciclos formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio de Atención Sociosanitaria.

Resultando que el citado Centro, con número de código

11007909, tiene autorización para impartir ciclos formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior: Cuatro de Educación Infantil, cuatro de Integración Social y dos de Documentación Sanitaria, impartidos en doble turno.

Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad en la Educación; el Real Decreto 2058/1995, de 22 de diciembre (BOE de 21 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto

2059/1995, de 22 de diciembre (BOE de 22 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 2061/1995, de 22 de diciembre (BOE de 24 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico Superior en Integración Social y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo (BOE del 24), por el que se establece el título de Técnico en Atención Sociosanitaria y las correspondientes enseñanzas comunes; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Cádiz, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar la modificación solicitada de la autorización de enseñanzas al Centro docente privado de Formación Profesional Específica "Sigler" de San Fernando (Cádiz), y como consecuencia de ello, establecer la

configuración definitiva del mismo que se describe a

continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional

Específica.

Denominación específica: "Sigler".

Titular: Doña María Encarnación Coto Rodríguez.

Domicilio: C/ Real, 116.

Localidad: San Fernando.

Municipio: San Fernando.

Provincia: Cádiz.

Código: 11007909.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Medio (impartidos en doble turno):

- Atención Sociosanitaria:

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

b) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior (impartidos en doble turno):

- Educación Infantil:

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

- Integración Social:

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

- Animación Sociocultural:

Núm. Ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Quinto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Cádiz la relación del profesorado del Centro con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 12 de julio de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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