Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 17/08/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

ORDEN de 26 de julio de 2005, por la que se hacen públicos los listados de aspirantes seleccionados/as en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y se les nombra con carácter provisional funcionarios en prácticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

De conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 5, de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros (BOJA núm. 43, de 3 de marzo), se procede a la publicación de los/las aspirantes seleccionados/as, ordenados/as por la puntuación global obtenida.

A tales efectos, conviene recordar que para la modalidad de ingreso en la Función Pública Docente, el modelo selectivo exige la superación de todas las pruebas de la fase de oposición con puntuaciones de cinco o más puntos. Para la obtención de la puntuación global, se ponderará en dos tercios la puntuación media obtenida en la fase de oposición, y en un tercio la puntuación obtenida en la fase de concurso, resultando de la suma de ambas fases la citada puntuación.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Base Novena, apartado 5, de la referida Orden de 22 de febrero de

2005, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en los artículos 39 y 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Primero. Hacer públicos, por especialidades, los listados de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, con indicación de la puntuación global obtenida, según Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Nombrar, con carácter provisional, como funcionarios/as en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios/as de carrera, a los/las aspirantes que figuran como Anexo I a la presente Orden.

Los/las Maestros/as referidos, realizarán la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto les sean adjudicados.

Tercero. Quedarán anuladas todas las actuaciones de aquellos/as aspirantes que, dentro del plazo fijado en la Base

10.2 de la citada Orden de 22 de febrero de 2005, no hubieran presentado la documentación exigida en la Base 10.2, o, del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quienes precisen aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por causas debidamente justificadas, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, acompañando los documentos justificativos, la cual concederá, si procede, el aplazamiento temporal de la fase de prácticas. En ningún caso se permitirá la incorporación a la misma después del 28 de febrero de 2006.

En caso de que por causas justificadas no se complete el período mínimo de cuatro meses, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos dictará resolución concediendo el aplazamiento total de la fase de prácticas para realizarlas durante el curso 2006/2007.

Cuarto. La fecha en que comenzará a surtir efectos el nombramiento como funcionarios en prácticas será el 1 de septiembre de 2005. En el caso de no incorporarse a los destinos que se les adjudiquen en los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, salvo que se les hubiese concedido el aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas y con excepción de los supuestos de fuerza mayor, debidamente acreditados.

Quinto. Aquellos/as aspirantes que hayan superado el

procedimiento selectivo por la citada Orden de 22 de febrero de 2005 y por la correspondiente a otra u otras

Administraciones Educativas, deberán, en el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación oficial de esta Orden, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario/a en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

Sexto. El nombramiento de funcionarios de carrera se efectuará con efectos del día de comienzo del curso escolar siguiente a aquel en el que fueran nombrados funcionarios en prácticas.

Séptimo. Se faculta a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Octavo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo

ContenciosoAdministrativo competente, o la Sala de lo

ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según corresponda conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo

establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de julio de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

height="15">.

Descargar PDF