Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 02/09/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 18 de agosto de 2005, de la Dirección General de Inspección y Evaluación, mediante la que se concede plazo para subsanar los defectos apreciados en la documentación presentada, en relación con la ayuda de estudios de la convocatoria de ayudas de Acción Social para el personal de la Junta de Andalucía de 2004.

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En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 117, del día 17 de junio, fue insertada la Resolución de la Dirección General de Inspección y Evaluación, de 3 de junio del presente año, por la que se publicaban los listados de las personas que, habiendo solicitado la ayuda de Acción Social de Estudios de la convocatoria de 2004, debían aportar la documentación específica para esta modalidad de ayuda, las que tenían alguna exclusión general y las que no debían presentar ninguna documentación, por superar la renta baremable estimada.

Una vez examinada la documentación aportada y, antes de publicar el listado definitivo de personas beneficiarias y excluidas, es necesario publicar un listado de las personas cuya documentación no adolece de ninguna exclusión, así como de las que han de subsanar la documentación aportada, al objeto de conceder plazo para que subsanen los defectos apreciados.

Todas las personas solicitantes que no presentaran la documentación necesaria en el plazo que se confirió al efecto en la citada Resolución, no tendrán la posibilidad de hacerlo ahora, por cuanto que resultaría documentación presentada fuera de plazo.

En base a todo lo expuesto y a la competencia que me confiere la disposición adicional primera, de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), por la que se regulan las ayudas de Acción Social al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 132/2005, de 24 de mayo (BOJA núm. 102, de 27 de mayo), que establece la estructura orgánica de esta Consejería,

D I S P O N G O

Primero. Publicar, en relación con la ayuda de Acción Social de Estudios, correspondiente a la convocatoria de 2004, los listados del personal de esta Administración cuya documentación no adolece de ninguna exclusión, así como de las que han de subsanar la documentación aportada, con indicación de las causas de exclusión.

A tales efectos, los listados quedarán expuestos en esta Consejería y en las Delegaciones Provinciales de Justicia y Administración Pública y su consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es y de la web del empleado público http://empleado.juntadeandalucia.es.

Segundo. Conceder un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes y subsanen los defectos u omisiones de que adolezca la documentación, lo que deberán hacer a través de los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 18 de agosto de 2005.- El Director General, Javier de la Cruz Ríos.

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