Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 09/09/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 25 de agosto de 2005, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se concede al Ayuntamiento de Los Villares, prórroga del plazo de justificación de la subvención recaída en el expediente IR2316104.

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Con fecha 8.8.2005 el Excmo. Ayuntamiento de Los Villares solicita ampliación del plazo de justificación del proyecto subvencionado en el expediente epigrafiado, del cual resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º El Excmo. Ayuntamiento citado, al amparo de la convocatoria que para el ejercicio 2004 se contiene en la Orden de 27 de enero de 2004 de la Consejería de Gobernación, solicitó una subvención por importe de 104.000,00 E y con la finalidad de ejecutar el proyecto de "Reforma de la Caseta Municipal" cuyo presupuesto asciende a 104.000,00 E.

2.º En virtud de Resolución de fecha 2 de agosto de 2004 (BOJA núm. 180, de 14 de septiembre de 2004) se acuerda el otorgamiento de la subvención por importe de 104.000,00 E; en dicha Resolución se establece un plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución antes citada, para la ejecución de la actuación para la que ha sido otorgada, ampliándose dicho plazo en dos meses para la correspondiente justificación.

3.º La solicitud de ampliación del plazo de justificación se presenta antes de expirar dicho plazo y se basa, en resumen, en los siguientes extremos: La aglomeración en la ejecución de multitud de proyectos de obras que se viene realizando han demorado la finalización completa del proyecto subvencionado según informe al respecto del Sr. Jefe de Obras.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El art. 19.2 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico dispone cuando así lo prevean las bases reguladoras y en los términos de las mismas, el beneficiario de la subvención podrá solicitar al órgano concedente la modificación de la resolución de concesión, incluidos la ampliación de los plazos de ejecución y justificación.

2. El párrafo segundo del art. 12.2 de la Orden de 27 de enero de 2004, antes citada, en relación con el art..2 del Decreto

254/2001, citado en el párrafo anterior, prevé dicha posibilidad cuando existan razones justificadas debidamente acreditadas y a instancia del interesado.

3. El art. 19.3 del precitado Decreto 254/2001 dispone la competencia de esta Delegación del Gobierno para acordar la modificación de la resolución de concesión.

Vistas las disposiciones citadas y las demás, de general aplicación se acuerda la siguiente

R E S O L U C I O N

Conceder al Ayuntamiento de Los Villares una ampliación de un mes al plazo de justificación inicialmente concedido en el expediente IR2316104.

El contenido de la resolución de otorgamiento dictada con fecha 2.8.2004 permanecerá inalterado en todos sus demás extremos.

Notifíquese la presente Resolución al Ayuntamiento y publíquese mediante su inserción en el BOJA.

Lo que se le comunica con la advertencia de que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación; todo ello de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Jaén, 25 de agosto de 2005.- La Consejera de Gobernación, P.D. (Orden de 25.1.2005), El Delegado del Gobierno, P.A. (Art. 5 Dto. 512/96, de 10.12), El Delegado Provincial de Salud, Juan Francisco Cano Calabria.

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