Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/09/2005

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

EDICTO de la Sección Segunda dimanante del rollo de apelación núm. 3498/2005. (PD. 3437/2005).

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NIG: 4109100C20030014860.

Núm. Procedimiento: Apelación Civil 3498/2005.

Asunto: 200361/2005.

Autos de: Proced. Ordinario (N) 654/2003.

Juzgado de origen: Primera Instancia de Sevilla núm. Veintiuno.

Negociado: 3C.

Apelante: María Rey Rey, Francisco Mariano Ostos MateosCañero y María de la Sierra Espejo Buil.

Procurador: Eduardo Escudero Morcillo33, Francisco Mariano Ostos Mateos Cañero y Francisco Mariano Ostos Mateos Cañero.

Abogado:

Apelado: José Carrero Rangel-allanado, Josefa García Díaz- allanada y Joaquín Carrero García-allanado.

Procurador:

Abogado:

E D I C T O

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación núm. 3598/05-C dimanante de los autos 654/03, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

SENTENCIA NUM. 338

Presidente: Ilmo. Sr. Don Manuel Damián Alvarez García.

Ilmos. Sres. Magistrados: Don Rafael Márquez Romero y don Carlos María Piñol Rodríguez.

En la ciudad de Sevilla a quince de julio de dos mil cinco.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia doña María Rey Rey que en el recurso es parte apelante, representada por el Procurador Escudero Morcillo, contra Don Francisco Mariano Ostos Mateos Cañero y doña María de la Sierra Espejo Buil, que en el recurso son parte apelante, representados por el Procurador Sr. Ostos Mateos Cañero y contra don Guillermo Ruiz Navarro que se encuentra en situación de rebeldía, don José Carrero Rangel, Doña Josefa García Díaz y don Joaquín Carrero García (allanados).

F A L L A M 0 S

Desestimando los recursos de apelación interpuestos confirmamos la sentencia sin hacer pronunciamiento sobre las costas de ambas instancias.

Así por esta nuestra sentencia, debidamente juzgando la pronunciamos, mandamos y firmamos, expido el presente en Sevilla, 29 de julio de 2005.- El Secretario, Antonio Elías Pérez.

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