Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 29 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Transportes, por la que se ratifica el título concesional junto con las nuevas tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ubeda (Jaén). (PP. 4142/2004).

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Con fecha 26 de noviembre de 2004 se ha dictado por la Dirección General de Transportes resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Primero. Ratificar la adjudicación de la concesión para la gestión del servicio público de la Estación de Autobuses de Ubeda realizada por el Ayuntamiento de dicha localidad, mediante acuerdo plenario de 26 de octubre de 2004, a favor de la empresa Alciser Ubeda, S.L. y las nuevas tarifas máximas de aplicación, que a continuación se detallan, que habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

Tarifas

Concepto máximas

1. Por entrada o salida de un autobús con viajeros al iniciar o finalizar viaje. Los vehículos en tránsito (entrada y salida) sólo abonarán uno de estos conceptos:

1.1. De servicios regulares permanentes de uso general:

1.1.1. Cercanías. Hasta 30 km 0,76

1.1.2. Resto 0,78

1.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior:

1.2.1. Cualquier servicio 0,78

2. Por utilización por los viajeros de los servicios generales de Estación con cargo a aquéllos que salen o rinden viaje en la Estación:

2.1. De servicios regulares permanentes de uso general:

2.1.1. Viajeros de cercanías. Hasta 30 km 0,10

2.1.2. Resto de viajeros 0,12

2.2. De servicios no encuadrados en el apartado anterior:

2.2.1. Cualquier recorrido 0,12

3. Por utilización de consigna automática:

Dado que funciona las 24 horas del día, la tarifa será la que libremente establezca su explotador, siempre que se preste también el servicio de consigna manual. En caso contrario la tarifa será la que a continuación se expresa para el servicio manual de consigna.

4. Por utilización de los servicios de consigna "manual":

4.1. Por bulto de hasta 50 kg 0,35

4.2. Por bulto mayores de 50 kg 0,50

4.3. Por cada día de demora 0,50

5. Por alquiler de la zona de taquillas:

5.1. Por cada módulo de taquilla 50 euros/mes

6. Servicio de aparcamiento de autobuses:

6.1. Aparcamiento de autobús de 8 a 22 0,95 euros/día

6.2. Aparcamiento de autobuses servicio

regular permanente de uso general desde

las 22 horas hasta las 8 horas del día si-

guiente, sin fraccionamiento por razón de

tiempo dentro del indicado 2 euros/día

6.3. Aparcamiento de un autobús que no

preste servicio regular permanente de via-

jeros (siempre que la capacidad de la Estación

lo permita), desde las 22 h a 8 horas del día

siguiente, sin fraccionamiento por razón de

tiempo dentro del indicado7 euros/día

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Ubeda (Jaén), entrarán en vigor una vez se publiquen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y asuma la gestión el nuevo concesionario.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su

notificación."

Sevilla, 29 de noviembre de 2004.- El Director General, Rafael Candau Rámila.

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