Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 11/10/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº2 DE ORGIVA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 89/2003. (PD. 3718/2005).

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IG: 1814741C20032000120.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 89/2003.

Negociado: JZ.

Sobre: Prescripción adquisitiva extraordinaria y otras pretensiones.

De: Doña Antonia Morillas González.

Procuradora: Sra. Pilar Molina Sollmann.

Letrado: Sr. Funes Briones, Antonio Diego.

Contra: Herederos desconocidos de Mercedes Gallardo Alvarez.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 89/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Orgiva a instancia de Antonia Morillas González contra Herederos desconocidos de Mercedes Gallardo Alvarez y Francisco Moya Calvo sobre prescripción adquisitiva extraordinaria y otras pretensiones, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 123

En Orgiva, a 11 de julio de 2005.

Vistos por mí, Borja Arang?ena Pazos, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Orgiva, los presentes Autos de juicio ordinario 89/2003 promovido a instancia de doña Antonia Morillas González, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María del Pilar Molina Sollmann contra los ignorados herederos de doña Mercedes Gallardo Alvarez y don Francisco Moya Calvo, declarados en situación de rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.

F A L L O

Que estimando la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales doña María del Pilar Molina Sollmann en nombre y representación de doña Antonia Morillas González contra los ignorados herederos de doña Mercedes Gallardo Alvarez y don Francisco Moya Calvo, declarados en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro:

1. La prescripción adquisitiva extraordinaria a favor Doña Antonia Morillas González de la mitad indivisa de la finca descrita en el hecho primero de la demanda, que aparece inscrita en el Registro de la Propiedad de Orgiva a nombre de doña Mercedes Gallardo Alvarez, casada con don Francisco

Moya Calvo, según inscripción vigente de fecha 25 de octubre de 1893.

2. Que junto con la propiedad que ostenta de la otra mitad indivisa de la citada finca en virtud de donación efectuada por su madre, doña Encarnación González Mingorance, mediante escritura pública de fecha 15 de abril de 1999, ante la Notaria de Orgiva, doña María Victoria Santos Sánchez, al número de su protocolo 349, ostenta el pleno dominio de la totalidad de la finca.

3. Que procede cancelar la inscripción tercera de la citada finca en el Registro de la Propiedad de Orgiva, a nombre de doña Mercedes Gallardo Alvarez, casada con don Francisco Moya Calvo, así como cualesquiera otras que se opongan a la

declaración de dominio de la citada finca.

4. En virtud de la adquisición por prescripción extraordinaria a su favor por la actora de la mitad indivisa de la finca descrita en el hecho primero de la demanda, se ordena la inscripción a favor de la otra mitad indivisa en el Registro de la Propiedad de Orgiva, y con ello, del pleno dominio de la totalidad de la finca.

5. Se condena a la parte demandada a estar y pasar por lo declarado así como al abono de las costas causadas.

Póngase la presente resolución en el libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado y llévese certificación de la misma a las actuaciones.

Así por esta mi sentencia contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada, que se preparará ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herederos desconocidos de Mercedes Gallardo Alvarez y Francisco Moya Calvo, extiendo y firmo la presente en Orgiva, a dieciocho de julio de dos mil cinco.- El/La

Secretario.

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