Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 18/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 19 de septiembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino Viejo de Córdoba", en el término municipal de Hinojosa del Duque, provincia de Córdoba (VP @ 081/04).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Camino Viejo de Córdoba", desde el cruce con el Camino de Villanueva hasta completar la longitud de 1.000 metros en dirección al núcleo urbano, en el término municipal de Hinojosa del Duque (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Hinojosa del Duque, provincia de Córdoba, fueron clasificadas por Orden Ministerial de fecha 15 de septiembre de 1958.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 19 de marzo de 2004, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Vereda del Camino Viejo de Córdoba", en el término municipal de Hinojosa del Duque, provincia de Córdoba.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 25 de junio de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm., de fecha 19 de mayo de 2004, no habiéndose recogido en el acta de deslinde ninguna manifestación.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm., de fecha 12 de noviembre de 2004.

Quinto. A la proposición de deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de julio de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Vereda del Camino Viejo de Córdoba", en el término municipal de Hinojosa del Duque, en la provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 15 de septiembre de 1958, debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en dicho acto de

clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que se ha seguido el

procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con

sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, con fecha 3 de febrero de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de julio de 2005.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda del Camino Viejo de Córdoba", desde el cruce con el Camino de Villanueva hasta completar la longitud de 1.000 metros en dirección al núcleo urbano, en el término municipal de

Hinojosa del Duque (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 1.178,48 metros.

- Anchura: 20,89 metros.

Descripción: Finca rústica, en el término municipal de

Hinojosa del Duque, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de 20,89 metros, la longitud deslindada es de

1.178,48 metros, la superficie deslindada es de 24.618,42 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como Vereda del Camino Viejo de Córdoba, en el tramo desde el cruce con el Camino de Villanueva hasta completar la longitud de 1.000 metros en dirección al núcleo urbano, que linda al Norte, con el tramo anterior de la vía pecuaria; al Sur, con el tramo posterior de la vía; al Este, con fincas de Aranda Murillo, Damián; Sánchez Prados, Juliana; Sánchez Prados, Juliana; Nevado Monje, Santiago; Nevado Barbarroja, Prudencia; Aranda Murillo, Damián; Luque Trucios, María del Carmen; Murillo Barbancho, Luis M.; Murillo Barbancho, Luis M.; Luque Trucios, María del Carmen; Luque Trucios, María del Carmen y López Quero, Elías; y al Oeste, con fincas de Barbero González, Simeón F.; López Quero, Angeles; Luque Trucios, María del Carmen; Rubio Rojas, Luis; Murillo Barbancho, Luis M.; Murillo Barbancho, Luis M.; Luque Trucios, María del Carmen; Luque Trucios, María del Carmen y Serrano González, María Rosario.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 19 de septiembre de

2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DEL CAMINO VIEJO DE CORDOBA", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE HINOJOSA DEL DUQUE,

PROVINCIA DE CORDOBA

RELACION DE COORDENADAS UTM DE LAS VIAS PECUARIAS

"VEREDA DEL CAMINO VIEJO DE CORDOBA"

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