Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 21/10/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº9 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1247/2003. (PD. 3872/2005).

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NIG: 2906742C20030024365.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N)/2003. Negociado:.

Sobre: Cantidad.

De: Don Hilmer Paul y doña Gertrud Paul.

Procurador: Sr. Salvador Bermúdez Sepúlveda y Salvador Bermúdez Sepúlveda.

Letrado/a: Sr/a. Fahnebrock, Dieter y Fahnebrock, Dieter.

Contra: Los Molinos, Hubertus Stoffels y Konederpas, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 1247/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga a instancia de Hilmer Paul y Gertrud Paul contra Los Molinos, Hubertus Stoffels y Konederpas, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga a veintidós de noviembre de dos mil cuatro.

Vistos por mí, Francisco García Valverde, Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de los de esta capital, los presentes autos número 1243/03, tramitado por el procedimiento del Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado a instancias de don Hilmer Paul y doña Gertrud Paul quien compareció representado por el Procurador Sr. Bermúdez Sepúlveda, y asistido por el Letrado Sr. Dieter Fahnebrock; contra la entidad Los Molinos, contra la mercantil Konederpas S.L.y contra don Hubertus Stoffels que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, habiendo sido declarados en rebeldía, en reclamación de la cantidad de 10.935 euros, intereses y costas.

Fallo: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Bermúdez Sepúlveda en nombre y representación de don Hilmer Paul y doña Gertrud Paul contra la entidad Los Molinos, contra la mercantil Konederpas, S.L. y contra el administrador de esta última don Hubertus Stoffels; debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar conjunta y solidariamente al actor la suma de cinco mil novecientos dieciséis euros (5.916 euros), la cantidad expresada devenga el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de la presente resolución y desde ese momento los intereses, de mora procesal del art. L.E. Civil hasta su consignación o pago; absolviendo al demandado de las demás pretensiones contenidas en su contra en la demanda presentada. Todo ello sin expresa imposición de costas.

Líbrese testimonio de esta sentencia para su unión a los autos de su razón e inclúyase la misma en el Libro de su clase.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la

notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se

impugnan.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Los Molinos, Hubertus Stoffels y Konederpas, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, 21 de septiembre de

2005.- El/La Secretario.

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