Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 07/11/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. Nº 1 DE LA CAROLINA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 190/2005. (PD. 4030/2005).

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NIG: 2302442C20050000789.

Procedimiento: J. Verbal (N) 190/2005. Negociado: MA.

Sobre: Juicio verbal desahucio.

De: Don Juan Antonio Velasco Oviedo.

Procurador: Sr. Moreno Crespo, Pedro.

Letrado: Sr. Vic Jiménez, Miguel.

Contra: Hogar y Vida en Casas de Madera, S.L.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. verbal (N) 190/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de La Carolina a instancia de don Juan Antonio Velasco Oviedo, representado por el Procurador Sr. Moreno Crespo, contra la Mercantil "Hogar y Vida en Casas de Madera, S.L." sobre desahucio por falta de pago y reclamación de rentas debidas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue.

SENTENCIA NUM. 284/05

En La Carolina, a 19 de octubre de 2005.

Vistos por doña María del Mar Fernández Miranda, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de La Carolina, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado bajo el número 190 del año 2005 a instancia de don Juan Antonio Velasco Oviedo, representado por el Procurador don Pedro Moreno Crespo y asistido por el Letrado don Miguel Vic Jiménez, contra la mercantil "Hogar y Vida en Casas de Madera, S.L.", sin representación ni asistencia letrada, sobre desahucio y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Pedro Moreno, en nombre y representación de don Juan Antonio Velasco Oviedo, contra la entidad mercantil "Hogar y Vida en Casas de Madera, S.L.", debo acordar y acuerdo:

1. Declarar resuelto el contrato de arrendamiento a que se refieren los presentes autos, declarando por consiguiente haber lugar al desahucio de la vivienda sita en la calle Río Rosas, de la localidad de La Carolina (Jaén), ocupada por la parte demandada, condenándole al desalojo definitivo del referido inmueble, poniéndolo a disposición de la parte actora dejándolo libre, vacuo y expedito, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.

2. Condenar a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.168,52 euros en concepto de las rentas y cantidades asimiladas, que le son adeudadas hasta la fecha actual, con los intereses legalmente establecidos, a contar desde la fecha de interposición de la demanda, sin perjuicio de los previstos en el artículo de la LEC.

3. Condenar a la demandada al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme, y que contra la misma se podrá preparar recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación. Si el recurrente fuere la demandada, deberá manifestar y acreditar por escrito tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas, conforme a lo dispuesto en el art..1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Llévese el original al libro de Sentencias.

Por esta mi Sentencia, de la cual se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Firmado: María del Mar Fernández Miranda. Rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Mercantil "Hogar y Vida en Casas de Madera, S.L.", en ignorado paradero y en rebeldía procesal, extiendo y firmo la presente en La Carolina a diecinueve de octubre de dos mil cinco.- El/La Secretario/a Judicial.

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